Presente su dictamen IMSS e Infonavit sin contratiempos

Los patrones que tengan este deber o que voluntariamente hayan decidido llevarlo a cabo, deben conocer los pormenores del mismo a efectos de cumplir correctamente con el mismo

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 .  (Foto: iStock)

De conformidad con el Diccionario de la Real Academia Española, el dictamen es la opinión y juicio que se forma o emite sobre algo. 

En materia de seguridad social es el documento elaborado por un contador público autorizado —CPA— para dictaminar por el IMSS o Infonavit, que consigna su opinión sobre la situación fiscal de un patrón, respecto de los pagos e importes omitidos a dichos Institutos en cumplimiento a sus obligaciones (arts. 2o., fracc. VIII, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF— y 2o., fracc. VII, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit —Ripaedi—). 

De lo anterior se infiere que el dictamen es la opinión o el juicio que emite un CPA, acerca de la observancia los deberes patronales en materia de seguridad social, de ahí que a continuación se detalle cuándo se está obligado a su entrega, qué se necesita para tal efecto, el término para realizarlo, medios para presentarlo, sanciones por la omisión y los pasos a seguir según el organismo fiscal de que se trate. 

IMSS

Todo patrón que cuente con un promedio anual de 300 o más empleados en el ejercicio fiscal inmediato anterior, debe dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS por CPA. No obstante, quienes no se encuentren en este supuesto pueden optar por dictaminar sus cargas ante el Seguro Social (arts. 16, LSS y 152, RACERF). 

En ese tenor, aquel obligado o interesado en dictaminarse debió exhibir al Instituto a más tardar el 20 de julio de 2020, el aviso de dictamen correspondiente a través del Sistema de Dictamen Electrónico —SIDEIMSS—; esto derivado de los acuerdos del Consejo Técnico del IMSS número ACDO.AS2.HCT.300320/115.P.DIR que señaló como días inhábiles los comprendidos del 31 de marzo de 2020 y hasta que el IMSS determinara el cese de las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la atención de la Contingencia por COVID-19, y ACDO.AS2.HCT.240620/169.P.DIR, por el que se autorizó la reanudación de los plazos a partir del 14 de julio, publicados en el DOF el 31 de marzo y 13 de julio de 2020, respectivamente. 

En caso contrario, la compañía no podrá presentar su dictamen y será susceptible a la imposición de una multa equivalente de 20 a 350 veces la Unidad de Medida y Actualización —UMA—; esto es, de 1,737.60 a 30,408.00 pesos (arts. 304-A, fracc. XX, 304-B, fracc. IV, LSS). 

Se debe considerar que los patrones tienen hasta el 26 de noviembre de 2020 para presentar su dictamen a través SIDEIMSS, en términos del acuerdo número ACDO.AS2.HCT.240620/169.P.DIR. 

El dictamen se integra por la información referente al registro e información patronal, los atestiguamientos, las cédulas del dictamen, la opinión y las observaciones que, en su caso, efectúe el CPA. Además de los pagos y movimientos afiliatorios (reingresos, modificaciones de salario y bajas de los trabajadores) producto de la revisión debidamente enterados y comunicados al Instituto, respectivamente.  

TRÁMITE DE ENTREGA

Enseguida se detalla el procedimiento a seguir por los patrones para la entrega del dictamen vía SIDEIMSS. 

En este proceso tanto el CPA como el patrón participan activamente, tal y como se muestra a continuación. 

CPA

1.      Ingresar al SIDEIMSS y ubicar el apartado Trámites dar clic en Dictamen Electrónico, seleccionar la opción Formulación del dictamen, en donde se visualizará el listado de los patrones por los que se haya previamente presentado el aviso de dictamen

2.      El sistema le mostrará el control de sus dictámenes y el estatus de cada uno. Ahí se debe elegir el patrón a dictaminar y que indica EN PROCESO

3.      Se habilitarán los apartados:

  • Información patronal, el CPA debe descargar el formato de Plantilla información patronal, el cual ya contiene la estructura adecuada para el aplicativo en la liga www.imss.gob.mx/sideimss/herramientas, en la sección ATENCIÓN: Recuerde utilizar la versión de la plantilla más reciente, para la generación de los archivos del apartado “Información patronal”, mismos que deberá convertir a formato .ZIP, para la carga al sistema.

Una vez que se haya generado el archivo .TXT, el CPA debe comprimirlo en formato .ZIP, para proceder a adjuntarlo en el sistema. Si el archivo que se adjuntó contiene algún error, se indica que es incorrecto y se genera una bitácora de errores (formato PDF), en la que se identificará el yerro detectado, a efectos de que el CPA proceda a su corrección

  • Atestiguamientos, consisten en manifestaciones que deberá realizar el CPA por cada uno de los apartados que integran la información patronal y se refieren a cuestiones específicas que el Instituto requiere que el dictaminador analice y se pronuncie de manera expresa para verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales en materia de seguridad social.

El CPA debe responder todos los atestiguamientos que sean aplicables al caso en concreto; las preguntas relacionadas con la información patronal ingresada en el aplicativo, se contestarán en forma afirmativa: , negativa: No o con la opción: No aplica.

Una vez llenados los apartados correspondientes o aplicables de la información patronal y después de haber contestado los cuestionarios de atestiguamientos, el sistema habilitará las siguientes cédulas: Detalle de remuneraciones y Detalle de prestaciones, cuyo contenido se visualiza precargado para que el CPA verifique la información correspondiente

  • Pagos y movimientos, en estos apartados los usuarios pueden realizar la carga de archivos de pago del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) en el SIDEIMSS para la generación de líneas de captura respectivas. Asimismo, pueden cargar al sistema los archivos de movimientos afiliatorios resultantes  del dictamen, y
  • Opinión, en esta sección el CPA puede emitir el tipo de opinión que corresponda, según el resultado del estudio y análisis que llevó a cabo sobre la situación de cumplimiento de las obligaciones patronales, atendiendo a la información que le hubiese sido proporcionada por este. El CPA puede emitir cualquiera de los siguientes tipos de opinión: limpia y sin salvedades; con salvedades; con opinión negativa; o con abstención de opinión, y

4.      Para concluir, el CPA deberá guardar la opinión emitida. Una vez emitida la opinión, firmará la misma con su e.firma vigente, con lo que se tendrá por formulado el dictamen, el aplicativo emitirá el acuse correspondiente. Al finalizar dar clic en Salir del trámite

Patrón o representante legal

1.      Ingresar al SIDEIMSS y seleccionar Trámites, pulsar en Dictamen electrónico y elegir la opción Presentación del aviso y dictamen. El aplicativo muestra el listado de sus dictámenes en donde debe elegir el correspondiente

2.      Escoger el icono Pagos y movimientos, una vez seleccionado el dictamen respectivo, el aplicativo muestra la información del CPA y los datos capturados por el dictaminador en el apartado Aviso y anexo de dictamen y se habilita la pestaña Pagos y movimientos

3.      En este último apartado observará los rubros:

  • Generación de líneas de captura:
    •  carga de archivos de pago, el sistema indica que el CPA envió los archivos de pago .SUA derivados del dictamen por las omisiones o diferencias determinadas en la formulación de aquel.
      Asimismo se pueden visualizar los Archivos de pago válidos y Archivos de pagos improcedentes (errores detectados según corresponda en: archivos de pago vencidos; RFC distinto al patrón dictaminado; Registro patronal no registrado en el dictamen; Periodo distinto al dictaminado; Tipo de documento distinto a 54; Archivos de pagos duplicados).
      Una vez que los archivos de pago .SUA, se encuentran en la sección Archivos de pago válidos, el sistema habilita el botón Generar líneas de captura, a fin de que el patrón o representante legal solicite la generación de las líneas de captura correspondientes, acto seguido el sistema confirmará que la solicitud de las líneas de captura ha sido realizada
    • consultar envíos anteriores, sirve para ver los archivos de pago que el CPA envió. El empresario o su representante legal puede verificar los mismos y en caso de requerirlo, podrá exportar la información en formato .PDF. La consulta se realiza por rango de fecha de envío, y
    • reporte de pagos, aquí se puede obtener un reporte de las líneas de captura que hubiese solicitado el empleador. Cabe precisar que en pantalla solo se mostrarán los importes correspondientes a cuotas obrero-patronales; sin embargo, es necesario descargar el PDF de cada línea de captura para que se visualicen los importes correspondientes a Retiro Cesantía y Vejez e Infonavit

  • Movimientos afiliatorios:
    • carga de archivo de movimientos afiliatorios, (DISPMAG). Sirve para observar los documentos de los movimientos afiliatorios en la formulación del dictamen realizado por el CPA clasificándose en registros válidos para proceso y registros improcedentes (errores detectados: Duplicados; estructura incorrecta; registro patronal en baja; registro patronal no señalado en el aviso de dictamen y otros)
    • consultar presentaciones anteriores, se pueden ver los movimientos afiliatorios que el CPA envió. El patrón o su representante legal pueden verificar los mismos y exportar la información en formato .PDF y .TXT, así como visualizar el acuse correspondiente. La consulta de los archivos de pago se realizará por rango de fecha de envío, y
    • resultado del proceso de movimientos afiliatorios, aquí puede el empresario o su representante legal obtener la Constancia de movimientos afiliatorios procesados

4.      Previo a la firma del dictamen, el patrón debe consultar la información contenida en el mismo. Para ello, tiene que elegir la opción Consulta al dictamen, y a su vez Consulta dictamen patrón; acto seguido, debe seleccionar el dictamen respectivo para que el sistema muestre la vista previa del acuse del trámite para su revisión

5.      Ingresar a la opción Medios de contacto, a efectos de verificar y confirmar estos y se envíe correctamente el acuse del trámite correspondiente. Si el empresario no confirma sus medios de contacto, el aplicativo no le permite continuar con la presentación de su dictamen, por lo que debe revisar y de ser necesario, actualizar sus datos. En caso de que se confirmen los medios de contacto, se solicita confirmar con la e.firma vigente, y

6.      Finalmente, seleccionar el botón Firmar y Enviar, subir su e.firma y signar el trámite. Se observa el número de folio del dictamen, para concluir pulsar Salir del trámite. El acuse correspondiente lo deberá recibir en sus medios de contacto en donde podrá descargarlo en formato PDF  

Infonavit

En virtud de que ni la Ley del Infonavit ni el Ripaedi señalan que los empleadores están obligados a dictaminar sus obligaciones en materia de vivienda, ese acto es voluntario. 

Para presentar el dictamen, es necesario que las empresas hubiesen presentado al Instituto a más tardar 29 de mayo de 2020, el aviso de dictamen en los formatos autorizados siempre que se trate del ejercicio fiscal inmediato anterior, esto de conformidad con el oficio número CGRF/2020/033 de 22 de abril de 2020, dado a conocer por la Coordinación General de Recaudación Fiscal del Infonavit. 

Luego, según el dispositivo 65 del Ripaedi, el dictamen debe ser específico e independiente de cualquier otro respecto del mismo empleador y rendirse por el CPA dentro de un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen, esto es a más tardar el 20 de noviembre o dentro del señalado en el oficio de prórroga, en caso de que esta se hubiere concedido, según el oficio de CGRF/GSF/2020/1289 de 19 de octubre de 2020, de la Gerencia Senior de Fiscalización del Infonavit.

La presentación extemporánea o la omisión de presentarlo dará lugar a la imposición de una multa de tres a 150 veces la UMA; es decir, de 260.64 a 13,032.00 pesos (arts. 6o., fracc. XVI y 8o., fracc. I, Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos establecen a cargo de los Patrones —RIM—). 

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 .  (Foto: IDC)

TRÁMITE DE ENTREGA

Documentación requerida

La carta de presentación del dictamen, el cuaderno de dictamen, los anexos y demás documentación complementaria deberán formularse en archivos de word, excel o PDF y los archivos deberán nombrarse conforme se describe en la tabla siguiente:

 

Documento

Formato

Nombre del archivo

Consideraciones para su presentación

Aviso de dictamen (DI-01)

PDF

Aviso

Debe estar firmado por el CPA y el representante legal

Correo electrónico enviado por el Instituto donde se le asignó el número de aviso y fecha de recepción

PDF

Correo

 

Carátula para presentar el dictamen

PDF

Carátula

El domicilio fiscal que señalen debe ser el domicilio fiscal del patrón

Carta de presentación (formato DI-03)

PDF

DI-03

Tiene que estar firmada por el patrón o su representante legal y por el CPA

Opinión

PDF

Opinión

Debe estar signada por el CPA e incluir todos los NRP. En caso de que la opinión del contador sea negativa o abstención de opinión, se puede entregar la carta de presentación y los anexos sin la firma del representante legal del patrón dictaminado

Anexos I1

PDF y excel

Anexo_I

 

Anexo I-BIS2

PDF y excel

Anexo_I-BIS

 

Anexo II3

PDF y excel

Anexo_II

 

Balanza de comprobación analítica

PDF y excel

Balanza

Incluir al menos hasta el tercer nivel todas las subcuentas de costos y gastos, y de las cuentas de balance relacionadas con las prestaciones de los trabajadores, y que sirvieron de base para integrar el Anexo I. En su caso, debe estar traducida al español por perito autorizado

Carátula de pago bancario y hoja de resumen del pago del SUA

PDF

Pagos

Solo en el caso en que se detectaron diferencias en aportaciones o en la amortización de créditos de los asegurados

Relación de los Números de Registros Patronales dictaminados presentados en el aviso

Excel

NRPS

 

Notas:

1. Características generales del patrón y elementos para la determinación de la base de aportación

2.  Total de pagos efectuados en el ejercicio dictaminado por cada uno de los registros patronales

3. Revisión que realizó el CPA de los pagos a personas físicas, por concepto distinto a los sueldos y salarios, así como del total de los importes pagados por el empleador por amortizaciones de crédito, comparando la amortización determinada motivo de la revisión contra la amortización pagada, con el reflejo de las diferencias correspondientes  

Forma de presentación

Los archivos deben integrarse en una carpeta que se nombrará de la siguiente forma: número de aviso de dictamen; ejercicio dictaminado, y nombre y número del contador público autorizado. Ejemplo: M3596745210_2020_ GonzalezTapiaEsteban_25. 

Es importante considerar que no se recibirán archivos en .TXT y/o en formato .RAR; por lo que en caso de que se requerirse, los archivos se deben comprimir en formato .ZIP.  

Envío del dictamen

Los archivos deben ser enviados a las siguientes direcciones:

  • ggarza@infonavit.org.mx

  • ayhernandezr@infonavit.org.mx 

El asunto del correo deberá incluir la leyenda DICTAMEN seguida del nombre del patrón y el ejercicio al que corresponda, todo con mayúsculas, sin comas ni guiones altos o bajos. Ejemplo: DICTAMEN MULTISERVICIOSVALDEZ SA DE CV 2020. 

Además, es menester enviar un solo dictamen por correo, de lo contrario no serán aceptados para su validación. Asimismo, el correo debe indicar un e-mail de contacto principal y uno alterno vigentes, para recibir las respuestas del Instituto.  

Conclusión

La información del dictamen es responsabilidad de los patrones por lo que deben asegurarse que el mismo refleje sus operaciones reales y contenga información que conste en sus registros contables; contratos colectivos e individuales de trabajo; avisos afiliatorios de reingresos, modificaciones salariales y bajas; cédulas de determinación y liquidación de cuotas obrero- patronales; declaración de la prima de Seguro de Riesgo de Trabajo y demás documentación requerida por el CPA para la formulación del dictamen y que obre en su poder. 

Es importante no dejar pasar la presentación del mismo a efectos de regularizarse con estos organismos fiscales y evitar el fincamiento de una multa por la omisión de la presentación del dictamen, lo que termina perjudicando las fianzas empresariales.