Por unanimidad, el Senado de la República aprobó la minuta que establece que el trabajador o sus beneficiarios podrán exigir, dentro de un plazo de 10 años, los recursos de la subcuenta de vivienda.
El dictamen reforma el artículo 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores precisó que dentro del año previo al que se cumpla dicho plazo, el Infonavit hará del conocimiento del trabajador y, en su caso, a sus beneficiarios, el tiempo que ha transcurrido desde que el derecho era exigible, de tal forma que puedan acudir a reclamar los recursos.
LEE: ¿SE PIERDEN LOS RECURSOS DE LA SUBCUENTA DE RETIRO, CEA Y VEJEZ?El trabajador y, en su caso, sus beneficiarios podrán acceder al mecanismo de reclamación de forma permanente y de ser procedente, el Instituto reconocerá los montos a pagar, considerando los intereses que correspondan en términos de los lineamientos.
Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, del Grupo Parlamentario del PT, asentó que con esta reforma se beneficia al sector laboral para que pueda adquirir su patrimonio, porque “nuestras familias merecen acceder a una vivienda digna.