Actualice correctamente el salario mínimo en el SUA

Esto para que el sistema cuente con los importes mínimos con los que debe darse de alta a los colaboradores

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El numeral 113, penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—, establece que los patrones que tengan cinco o más subordinados, tienen que determinar las cuotas obrero-patronales mediante el Sistema Único de Autodeterminación —SUA—.

Este sistema les permite a los empresarios calcular cabalmente las cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones de vivienda a enterar al IMSS e Infonavit, respectivamente; de ahí que siempre sea indispensable mantenerlo renovado.

Como desde el 1o. de enero de 2021, se dio un incremento salarial mínimo tanto en la Zona Libre de la Frontera Norte —ZLFN— de 185.56 a 213.39 pesos como en la zona nacional de 123.22 a 141.70 pesos, estos nuevos importes deben capturarse en el SUA, para efectos de su correcto funcionamiento.

Esto para que el sistema cuente con los importes mínimos con los que debe darse de alta a los colaboradores, además de no presentar errores que impidan su adecuado uso y ayudando a los patrones a evitar el fincamiento de créditos fiscales.

A continuación se muestra el mecanismo a seguir para el ingreso del salario mínimo en dicho sistema: 

1.      Abrir el SUA para capturar el Usuario y la Contraseña registrados y oprimir Aceptar 

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2.      Localizar en el menú de lado izquierdo el rubro Actualizar y posteriormente dar clic en Salarios Mínimos 

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3.      Cuando se despliegue la siguiente ventana, señalar la Fecha de Inicio (dd/mm/aaaa), la cual debe ser 1o. de enero de 2021; ingresar el salario mínimo de 213.39 si se encuentra en la ZLFN o en su caso, 141.70 en el resto del país (el cual se colocó para este ejercicio), y pulsar el botón Actualizar 

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Cabe señalar que el SUA solo permite capturar un importe por lo que se recomienda a los patrones que tengan centros laborales en ambas zonas, lo siguiente:

  • tener un SUA exclusivo para cada una de las zonas, y
  • capturar el salario mínimo que corresponda según el área geográfica de que se trate

El sistema arrojará el mensaje ¿Desea guardar la información de los Salarios Mínimos; para continuar oprimir la opción

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  4.      El SUA enviará el siguiente texto: La modificación que desea hacer será PERMANENTE; Evite problemas utilice antes la Opción de Respaldo y guarde la Información que actualmente tiene el Sistema, además de confirmar los nuevos importes de los Salarios Mínimos Publicados Oficialmente. ¿Desea continuar?, dar clic en para seguir con la gestión

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  5.      Por último, debe pulsar Aceptar en la ventana que dice Información Procesada y cerciorarse que el cambio se efectuó y oprimir Salir

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Quienes no alcancen el mínimo de subordinados para usar el SUA, pueden optar por la propuesta de cédula de determinación proporcionada por el Seguro Social; es decir, las cédulas de emisión mensual anticipada —EMA— o la emisión bimestral anticipada —EBA— las cuales se descargan en el portal IMSS desde su Empresa —IDSE— o a través del Buzón IMSS en el apartado Mis comunicados (arts. 39-A y 286-M, LSS).

El proceso a seguir para el ajuste del salario mínimo es fácil por lo que no se requiere invertir mucho tiempo. Además, de ser omisos en el reajuste, el sistema mostrará el siguiente mensaje: La tabla de Salarios Mínimos se encuentra desactualizada o con datos erróneos. No se podrán realizar cálculo hasta que se corrija esta situación; por ello, los patrones deben enmendar ese descuido para el buen funcionamiento del SUA y el pago correcto de las contribuciones de seguridad social.

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