Cómo verificar las notificaciones por estrados del IMSS

Por mandato legal, el Instituto debe subir a su página web los actos administrativos a comunicar a los patrones no localizados

.
 .  (Foto: iStock)

En materia de seguridad social, una notificación es el acto por virtud de cual, el IMSS informa y hace del conocimiento al patrón, un acto administrativo emitido en el ejercicio de sus facultades de comprobación o fiscalización.

De conformidad con los numerales 9o. de la LSS, 134, fracción II y 137 primer y segundo párrafo del CFF, uno de los tipos de notificación es aquel que se realiza por estrados, el cual es procedente cuando el patrón a quien se va a notificar:

  • hubiese optado  por utilizar el buzón IMSS y señalado medios de contacto erróneos o inexistentes, o no los mantenga actualizados
  • no sea localizable en el domicilio que hubiese indicado para efectos del registro patronal
  • se ignore su domicilio o el de su representante legal 
  • desocupe o desaparezca del lugar en donde tenga su domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio de domicilio al Instituto (después de la notificación de la orden de visita domiciliaria o del requerimiento de la contabilidad, documentación o información; o se hubiese notificado un crédito fiscal y antes de que este se garantice, pague o quedado sin efectos), o
  • se oponga a la diligencia de la notificación

De encontrase en alguno de estos supuestos, es primordial para el empresario, conocer el mecanismo a seguir para identificar si el IMSS le ha notificado a través de estrados, llevando a cabo los siguientes pasos:

1.     Ingresar a la pagina web del IMSS, y localizar en el inicio el apartado Patrones o Empresas, una vez dentro dar clic en la opción Notificaciones por estrados que se ubica en la parte superior izquierda del carrusel que se puede observar en la ventana

.
 .  (Foto: IDConline)

2.    En la sección que dice Paso 3: Elige la Ficha Deseada, pulsar el rubro Notificaciones por estrados

.
 .  (Foto: IDConline)

3.     En la siguiente ventana se puede observar cuál es el fundamento legal; no obstante, a la fecha en que se hace el presente ejercicio es erróneo y no se ha actualizado para quedar en concordancia con la reforma que sufrió el CFF el 8 de diciembre de 2020.

Esto porque actualmente, estas notificaciones se hacen fijando durante seis días el documento a notificar en un sitio abierto al público de las oficinas del Seguro Social y publicando el documento citado, durante el mismo plazo, en la página electrónica de dicho organismo; dicho plazo se contará a partir del día siguiente a aquel en que el documento fue fijado o publicado según corresponda y no los 15 días que aun menciona la página web del IMSS (art. 139, CFF).

Para continuar colocar su cursor en el rubro Buscar ingresar su nombre o razón social, para obtener los resultados respectivos

.
 .  (Foto: IDConline)

4.     Al oprimir Archivos, podrá descargar el Acuerdo y Documento correspondientes, los cuales se pueden imprimir o guardar en el dispositivo que este utilizando

.
 .  (Foto: IDConline)
.
 .  (Foto: IDConline)
.
 .  (Foto: IDConline)

5.     Para concluir, solo debe cerrar a través de la X localizada en la parte superior izquierda de la ventana.

En caso de advertir algún error o considerar que o procede el acto administrativo que le sea notificado deberá aplicar el medio de defensa correspondiente.

Para conocer más sobre el tema se le invita a dar lectura al tema Cómo debe notificar el Seguro Social a los patrones, localizable en nuestra edición electrónica número 478 del 15 de enero de 2021, en la sección de Seguridad Social.