Envío de la prima de RT 2021 sin contratiempos

Los patrones deben conocer el mecanismo a seguir para comunicarle al IMSS el porcentaje con el que se cotizará en el Seguro de Riesgos de Trabajo

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De conformidad con el artículo 74, primer párrafo de la LSS, las empresas tienen la obligación de revisar anualmente su siniestralidad, para determinar si permanecen en la misma prima, se disminuye o aumenta; una vez calculada, deben informar al Instituto la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo —SRT— con la que cotizarán en tal seguro.

Este año la fecha límite es el próximo 1o. de marzo de 2021; es importante considerar que de ser omisos o de llevar a cabo esta gestión extemporáneamente, el Seguro Social puede imponer una multa equivalente de 20 a 210 veces el valor de la UMA, esto es de 1,792.40 a 18,820.20 pesos (arts. 304-A, fracc. XV y 304-B, fracc. III, LSS; 3o. último párrafo; 32, fracc. V, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—).

Para solventar este deber, los empresarios cuentan con las siguientes vías:

  • online, a través del módulo DAPSUA disponible en la plataforma IMSS desde su Empresa —IDSE—. El interesado necesita generar en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) al momento del cálculo de la prima de riesgo de trabajo, el archivo DAP, el cual debe enviarse, o
  • impresa, en el área de Afiliación-Vigencia de Derechos o Clasificación de Empresas, de la subdelegación correspondiente al domicilio del registro patronal, se presenta en original y copia los formatos CLEM-22, Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo Derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad y CLEM-22-A, Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados; así como otros documentos que más adelante se exponen 

En virtud de la relevancia que reviste el cumplimiento de esta exigencia legal para los patrones, a continuación se muestra cómo se exhibe la prima de riesgo presencial y en línea.  

Caso práctico

Para este ejercicio se tomaron en cuenta los datos de la Declaración Anual de la Prima del SRT mostrados en la edición 479 correspondiente al 31 de enero de 2021. 

DATOS GENERALES

Nombre de la empresa:

Artículos Farmacéuticos Fierro, SA de CV

Representante legal:

Jesús Rodríguez Gutiérrez

Domicilio y teléfono:

Calzada de la Naranja # 150, Colonia Alce Blanco, Naucalpan de Juárez, Estado de México, CP 53460.

Teléfono: 55 30 58 11

Registro patronal:

Y68 13217 103

Actividad económica:

Fabricación de medicamentos, acondicionamiento y envases de los mismos

Clase de riesgo y fracción:

II y 305

Prima de riesgo obtenida:

4.13065 %

  RELACIÓN DE CASOS DE RIESGOS DE TRABAJO ACAECIDOS DURANTE EL 2020

Número de seguridad social

Nombre del trabajador

Tipo de riesgo

Fecha de

% de incapacidad

Días subsidiados

Inicio del accidente o enfermedad

Alta o dictamen de incapacidad o muerte1

31-88-64-53-10-4

Arguijo Valtierra Brenda Patricia

1

05/10/2020

07/01/2021

 

942

89-93-77-1056-7

Sánchez Díaz José

1R

02/01/2020

06/03/2020

 

653

97-84-56-13-21-1

Delahanty Pedroza Carlos Enrique

3

03/03/2020

16/10/2020

 

228

90-92-75-2862-1

Hernández García Rocío Berenice

1

11/11/2019

10/10/2020

 

3354

79-87-65-10-08-6

Jaques Puente Sandra

1

03/02/2020

03/12/2020

45 %

304

65-90-74-1016-4

Reyes Ponce Guadalupe

1

07/09/2020

10/12/2020

 

95

78-92-76-1026-7

Rocha Acosta Simón

1D

14/01/2020

13/03/2020

 

59

78-95-68-0525-9

Jaramillo Beltrán Isaac

2

14/07/2020

14/10/2020

 

935

Total

 

1,086

 

Notas:

1.                Datos extraídos de los formatos ST-2 Dictamen de Alta por Riesgo de Trabajo o ST-3 Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo

2.                En la determinación de la nueva prima únicamente deben tomarse en cuenta los riesgos de trabajo terminados en el periodo del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2020; por ende, este siniestro debe considerarse hasta el cálculo del año próximo, no en este

3.                Las recaídas no se consideran riesgos de trabajo terminados ya que son secuelas de aquellos; pero, los días subsidiados sí se consideran en el cálculo (art. 37, último párrafo, RACERF)

4.                Se incluye en la determinación, porque aunque se trata de un riesgo de trabajo que inicio en 2019 este concluyó en el ejercicio 2020

5.                Los accidentes en trayecto no se consideran para la siniestralidad de la empresa, por ello los días subsidiados no se toman en cuenta en el cálculo (art. 72, antepenúltimo párrafo, LSS)

D.               Defunción

R.                Recaída


Presencial


El patrón o su representante legal deben acudir al área de Afiliación-Vigencia de Derechos o Clasificación de Empresas de la subdelegación que le corresponda según su número de registro patronal y exhibir en original y dos copias:


  • documento de acreditación expedido por la STPS, en caso de contar con un sistema de administración y seguridad en el trabajo
  • identificación oficial del patrón o de su representante legal
  • tarjeta de identificación patronal, y
  • poder notarial (para acreditar carácter del representante legal).

Asimismo, debe entregarse el archivo con extensión .SRT en memoria USB, generado por el Sistema de la determinación patronal web –el cual está habilitado desde el 1o. de febrero de 2021– en la siguiente liga

No obstante, diversas subdelegaciones de manera opcional aceptan los formatos obtenidos del SUA, Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados y Carátula de la determinación de la prima en el SRT derivado de la revisión anual de la siniestralidad 

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 Además, los servidores públicos del Seguro Social manifiestan que por la situación que atraviesa el país derivado de la pandemia de la emergencia sanitaria del virus SAR-CoV2 (COVID-19), se sugiere realizar el trámite por Internet, y en caso de acudir a las instalaciones, no es necesario sacar cita previamente, solo deben atenderse las medidas sanitarias correspondientes: lavado de manos, uso de gel antibacterial, cubrebocas, evitar la asistencia de menores de edad, mujeres embarazadas y personas mayores; en caso de estornudar usar el ángulo interno del codo, evitar tocarse los ojos, nariz y boca.

IDSE

El patrón persona física o el representante legal (tratándose de personas morales), deben llevar a cabo el procedimiento para el envío de la declaración a través del IDSE; para lo cual, tienen que tener vigente su e.firma o Certificado Digital, el mecanismo a seguir se detalla a continuación. 

1.      Ingresar a la página IDSE, pulsar el botón Seleccionar archivo y localizar el Certificado digital ligado al registro patronal del que se desea enviar la declaración. Posteriormente capturar el Usuario y Contraseña respectivos y dar clic en Iniciar sesión 

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2.      Escoger del Menú IDSE el apartado DAPSUA. En la ventana Sistema de recepción de la Determinación Anual de la Prima DAP-SUA oprimir el botón Registrar, Validar Archivo 

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3.      “Subir” el archivo del Certificado digital pulsando Examinar… y digitar la Contraseña correspondiente. En el rubro Archivo DAP presionar Examinar… y adjuntar el documento de extensión .DAP generado en el SUA y dar clic en Enviar 

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4.      El sistema desplegará la pantalla RESUMEN DE LA DETERMINACIÓN, verificar que los datos que se observan sean correctos y de ser así, pulsar la casilla Aceptar y después en Enviar 

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5.      Nuevamente verá la pantalla del RESUMEN DE LA DETERMINACIÓN, donde aparecerá el número de Folio asignado. Para obtener el acuse dar clic en Imprimir Acuse. El sistema le muestra el formato de Acuse notarial que saldrá impreso. Es menester contar con este documento porque le permitirá al patrón acreditar el cumplimiento del envío de la declaración anual de la prima del SRT

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6.      Para concluir el trámite, cerrar el formato de Acuse Notarial, para ello pulsar la “X” de la ventana y luego dar clic en Salir  

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Conclusión

El envío de la declaración de la prima a través de IDSE, le permite a los patrones evitar exponerse al Coronavirus pues únicamente debe utilizar el archivo generado en el SUA obtenido al efectuar el cálculo correspondiente y “cargarlo” al sistema.

Sin embargo, es indispensable que prepare su declaración con anticipación para efectos de que a la brevedad posible la envíe en febrero al IMSS y con ello evitar cualquier contratiempo así como la imposición de la multa aplicable —1,792.40 a 18,820.20 pesos— (arts. 304-A, fracc. XV y 304-B, fracc. III, LSS).

En caso de optar por presentar la declaración de su siniestralidad en la subdelegación que corresponda a su número de registro patronal, es primordial estar al pendiente de la apertura del aplicativo para elaborar, en línea, la determinación de la prima del SRT y obtener el archivo electrónico .SRT, o en su caso, imprimir los formatos del SUA. Por ello, debe tenerse toda la información actualizada respecto a los riesgos de trabajo sufridos por los trabajadores, para que la prima a comunicar al IMSS sea la correcta, y así evitar cualquier contingencia.