En la edición 480 del 15 de febrero, se abordó en esta sección el tema “Afiliación de trabajadores independientes al IMSS” en donde se expusieron los pormenores de la incorporación voluntaria respecto a los trabajadores independientes, en atención al nuevo programa piloto que dio a conocer el Instituto.
Ahí se precisaron las diferencias entre la LSS y lo que prevé el Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.260820/216.P.DIR dictado por el H. Consejo Técnico, por el que se aprueban las Reglas de carácter general de la prueba piloto de esquema simplificado para la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social de personas trabajadoras independientes (Reglas), el cual brinda mayores beneficios a estos sujetos.
Atendiendo a la relevancia que tiene para los trabajadores autónomos adherirse a dicho acuerdo, a continuación se da a conocer quiénes son sujetos de aseguramiento en este programa, los beneficios, el salario base de cotización (SBC) con el que deben quedar registrados y el caso práctico para ilustrar la afiliación al programa piloto y observar si existe algún problema durante el mismo.
Programa piloto para personas trabajadoras independientes
Este tipo de aseguramiento aplica a los sujetos establecidos en el numeral 13, fracción I de la LSS, entendiéndose como tal los profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados.
Puede extenderse la afiliación a los beneficiarios de los interesados, tales como el cónyuge, concubina o concubinario; hijos y ascendentes; si cumplen las características establecidas en el dispositivo 84 de la LSS.
BENEFICIOS
Los interesados, podrán acceder a todos los Seguros que componen el Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS):
- Riesgos de Trabajo
- Enfermedades y Maternidad
- Invalidez y Vida
- Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y
Guarderías y Prestaciones Sociales
Las prestaciones de las cuales gozarán son las que se indican a continuación:
- en especie, prerrogativas que no se otorgan en moneda sino en bienes o servicios como: asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica, obstétrica y hospitalaria; prótesis y ortopedia; rehabilitación; servicios funerarios, etcétera, y
- en dinero, son de carácter económico y se otorgan en efectivo con base en el porcentaje que brinde el ramo de aseguramiento aplicando el SBC del asegurado; es decir, son los subsidios y las pensiones a que se pueden acceder, siempre y cuando se colmen los requisitos que exige la LSS y sus reglamentos
SBC
De conformidad con la regla 6.2, se definirá conforme a la tabla de salarios mínimos generales y profesionales por áreas geográficas y el máximo es de 25 veces la UMA.
Según lo que prevé el portal del IMSS para determinar la base salarial, se debe señalar:
- categoría de la división y el grupo principal en las que se ubique con la actividad del interesado
- zona geográfica a la que se pertenece, e
- ingreso mensual tomando en cuenta las siguientes consideraciones: el monto no puede ser inferior a 6,615.09 en la Zona Libre de la Frontera Norte y 4,392.70 pesos en el resto del país, que es el equivalente al salario mínimo diario vigente en la zona geográfica a la que corresponde su domicilio, multiplicado por los 31 días de marzo 2021 y el tope equivale a 25 veces la UMA multiplicado por 31 días (marzo 2021); es decir, 69,455.50 pesos
Caso práctico
A continuación, se describe la forma en que se debe llevar el trámite de la incorporación.
NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL
Para poder realizar la incorporación al programa piloto, es indispensable contar con un Número de Seguridad Social (NSS). La persona trabajadora independiente —PTI— puede obtenerlo aunque no tenga un vínculo laboral formal, y se genera a través de las siguientes vías:
- Internet, ingresar al portal http://www.imss.gob.mx/, ubicar el rubro Número de Seguridad Social, capturar la Clave única de Registro de Población (CURP) y correo electrónico con confirmación. Posteriormente, anotar los datos del domicilio del solicitante (se recomienda que sea el señalado en alguna identificación oficial). Confirmar la información aportada y posteriormente llegará al e-mail proporcionado, un comprobante de la solicitud y la tarjeta con el NSS asignado
- presencial, acudir a la ventanilla de Afiliación-Vigencia de Derechos de la subdelegación que le corresponda al solicitante de acuerdo con su domicilio y presentar en original y copia: acta de nacimiento; identificación oficial con fotografía y firma; CURP; comprobante de domicilio (antigüedad no mayor a tres meses). Después de haber entregado la documentación a los servidores públicos del IMSS, en un plazo no mayor a 20 minutos se le entrega al peticionario el comprobante respectivo, o
- App IMSS-Digital, elegir la opción de Tramita y el rubro Obtén o consulta NSS. Escribir la CURP y correo electrónico y oprimir Iniciar Sesión. Señalar el código postal en donde está el domicilio del interesado y dar clic en Verificar; de manera automática se llenan los campos de Estado, Municipio y Colonia; completar los datos de la calle y números exterior e interior y pulsar en Continuar. Revisar los datos y confirmarlos.
En la pantalla se debe observar el NSS, y se tiene la opción de elegir que se envíe al e-mail, para ello, oprimir Enviar a tu correo electrónico
PROGRAMA PILOTO PTI
1. Ingresar al portal de las PTI y seleccionar el rubro Ingresa al trámite o el botón Iniciar trámite
2. Capturar del interesado su CURP, RFC –opcionalmente–, NSS y correo electrónico con la confirmación del mismo y anotar el ReCAPCHA para validar la operación. Posteriormente, dar clic en Continuar
Elegir la Subdelegación a la que pertenece y anotar en Datos de contacto (de manera opcional), número telefónico a 10 dígitos y dar clic en Continuar
7. Observar que los datos anunciados por el portal sean correctos y para confirmar los mismos; pulsar en Continuar
Leer y aceptar los términos y condiciones y después oprimir en Continuar
El sistema envía el mensaje: ¿Estás seguro que toda tu información es correcta?; dar clic en Aceptar
9. Para concluir, se debe descargar el Comprobante de solicitud y la Línea de captura (ficha de pago). Para tales efectos, pulsar el ícono de la hoja en el apartado Comprobante y Línea de captura, de ese modo se descargarán en formato PDF estos documentos. Realizada esta acción, dar clic en Salir
- nombre del beneficiario: IMSS
- Clave Bancaria Estandarizada (CLABE): 044180001068672782
- número de cuenta: 00106867278
- banco: Scotiabank, y
- referencia: NSS de la PTI (11 dígitos), sin espacios ni guiones
Revisar que los datos capturados sean correctos, y de ser necesario, modificarlos. Una vez que se efectué la transferencia, indicar el monto exacto a pagar (ubicado en la esquina inferior derecha del formato de pago); concluida la gestión, mandar el comprobante de pago al correo electrónico: coordinacion.afil@imss.gob.mx e incluir el formato de inscripción generado en el sistema de PTI
Conclusión
El programa piloto vislumbra una buena alternativa para los trabajadores independientes, pues accederán a los cinco seguros del ROSS. Sin embargo, las PTI deberán atenerse a las restricciones y limitantes establecidas en los numerales 225 de la LSS, 82 y 83 del RACERF.
Es indispensable señalar que durante el aseguramiento a través del programa piloto, en ningún momento aparece o debe formularse algún cuestionario sobre las enfermedades preexistentes, por lo que el Instituto no podría ejercer su facultad de dar por terminado el aseguramiento anticipadamente manifestando que durante el primer año de vigencia de la afiliación, no se declaró tener algún padecimiento preexistente. Ello porque no se le dio tal oportunidad al trabajador independiente y en todo caso, al haber omitido el IMSS ese derecho al asegurado, debería hacer la devolución total o parcial del pago realizado (art. 87, fracc. II, RACERF).
Por otra parte, en el caso práctico realizado se advierte que el supuesto de vendedor ambulante, no está previsto en el Catálogo de actividades del numeral 196 del RACERF, y tampoco existe algún análogo. Por consiguiente, cuando el sistema no especifica a detalle la división, el grupo y la fracción en la que encuadra este trabajador independiente, se le deja en estado de incertidumbre pues no puede verificar si efectivamente está siendo correctamente clasificado de acuerdo con la actividad que desempeña.
Finalmente, este aseguramiento solo protege respecto de las prestaciones que ofrece el IMSS; por ello, las contribuciones que se realizan en ningún momento generan el derecho a gozar de un crédito por parte del Infonavit.