El Seguro Social dio a conocer en el DOF del 24 de diciembre de 2021, el acuerdo mediante el cual se establecen las Reglas de operación del programa IMSS-Bienestar para el ejercicio fiscal 2022, el cual estará vigente del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2022. A continuación se detalla lo más relevante de las mismas.
IMSS-BIENESTAR es un programa de salud del Gobierno Federal administrado por el Seguro Social, ofreciendo servicios de salud a la población no derechohabiente, desde una perspectiva comunitaria, lo que contribuye a la inclusión social y a hacer efectivo el derecho a la protección de la salud previsto en el artículo 4o., párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de ahí que dicho programa se financia con recursos del gobierno federal.
Beneficiario
Es aquella persona que recibió algún servicio del Programa IMSS-BIENESTAR y cuyos datos personales son registrados en el padrón de población adscrita (PPA), mediante la presentación de su CURP o acta de nacimiento e identificación oficial.
El PPA incorpora una lista nominal de la población que cumple alguna de las siguientes condiciones:
habita en el universo de trabajo (área geográfica en donde atiende el programa) y no cuenta con seguridad social
reside en el universo de trabajo, cuenta con acceso a algún sistema de seguridad social y se le han otorgado servicios a través de algún componente del programa
vive en el área de influencia (localidades que no pertenecen al área geográfica en donde atiende el programa pero demandan los servicios de este) y sin importar su condición de aseguramiento se le otorga asistencia recurrente mediante algún componente del programa, y
migrante extranjero a quien se le otorga servicio a través del programa durante su tránsito por el territorio nacional
Servicios otorgados
atención a la salud. Comprende atención ambulatoria preventiva y asistencial
primer nivel de atención (unidad de salud y hospital): consulta de medicina general; atención a urgencias básicas, salud mental y de enfermería, así como medicina preventiva
atención hospitalaria preventiva y asistencial (Hospital): consulta externa de medicina familiar; consulta externa de especialidades; atención a urgencias y salud mental; hospitalización; intervenciones quirúrgicas; auxiliares de diagnóstico; medicina preventiva; vigilancia epidemiológica; estomatología, y nutrición
acción comunitaria. Implica la orientación en salud a la organización comunitaria y beneficiarios a través de: educación y promoción de la salud; coordinación interinstitucional para el fomento de estrategias comunitarias; prestación de servicios en albergues comunitarios; promoción de entornos saludables; rescate de recursos alimentarios; enfoque de género y prevención de la violencia a las mujeres; fomento del enfoque intercultural en salud y sistema de atención ciudadana