Con el fin de mejorar las prácticas, regular y transparentar los procesos de compra y venta de vivienda, la Secretaría de Economía y el Infonavit crearon la Norma Oficial Mexicana NOM-247-SE-2021.
La intención de la regulación es que, a lo largo de todo el proceso que implica comprar una casa, las personas estén protegidas contra fraudes o engaños, garantizando así el patrimonio de los trabajadores y de sus recursos.
Tanto personas físicas como morales que intervengan directa o indirectamente en la asesoría y venta de vivienda, es decir, fraccionadores, desarrolladores y promotores de inmuebles, notarios, entre otros, tienen la obligación de acatar la norma.
Sobre la NOM-247-SE-2021
Los desarrolladores y/o promotores que se encuentren ofertando viviendas, tienen la obligación de brindar información veraz, comprobable, clara y sin elementos que induzcan al error o confusión al comprador por engañosa o abusiva.
Respecto a los contratos de compraventa, los desarrolladores, constructores o proveedores están obligados a informar y respetar los precios, las tarifas, las garantías, calidades, medidas y demás condiciones establecidas durante la promoción de la vivienda.
Además, las condiciones del inmueble deben garantizar el bien vivir de los compradores, contando con instalaciones óptimas y brindando servicios básicos de luz, agua, gas, drenaje y sistemas o tecnología para cocinar alimentos y para calentar agua, mismos que estarán integrados en el precio total de la vivienda.
Finalmente, sobre el uso de marcas registradas, se evitará que terceros no autorizados hagan uso indebido de las marcas y logotipos del Infonavit, así como de otros organismos públicos de vivienda, y en caso de detectar alguna mala práctica, se puede realizar una denuncia anónima a través del correo denuncias@infonavit.org.mx, o en el portal www.infonavit.org.mx, en la pestaña “contáctanos”.