En qué lapso deben cubrirse los créditos IMSS

El Instituto está facultado para determinar y cobrar los débitos a su favor

El Seguro Social tiene la facultad de comprobar el cumplimiento de las cargas patronales, y en caso de detectar alguna omisión, puede determinar el crédito fiscal por concepto de cuotas obrero-patronales, diferencias, actualización y recargos, capitales constitutivos o multas.

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Los empresarios, tendrán que cubrir dicho crédito dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación; pues de lo contrario, el IMSS podrá cobrarlo coactivamente a través del procedimiento administrativo de ejecución (arts. 39-C, tercer párrafo, y 291, LSS; y 127, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización –RACERF–).

No obstante, si los patrones consideran que la cédula de liquidación del crédito fiscal de que se trate es contraria a derecho, pueden impugnarla a través del:

  • recurso de inconformidad, ante el Consejo Consultivo Delegacional correspondiente al domicilio del registro patronal de que se trate, dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos su notificación, o
  • juicio contencioso administrativo —de nulidad— ante el TFJA, dentro del término de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al cual hubiese surtido efectos la notificación de la cédula. Puede realizarse por la vía sumaria; siempre y cuando, el monto del crédito fiscal no exceda de 15 veces la UMA vigente elevada al año, actualmente $ 526,804.50; o vía ordinaria, si rebasa tal cantidad (arts. 294 y 295, LSS; 6o., Reglamento del Recurso de Inconformidad; 13, fracc. I, inciso a), 58-1 y 58-2, fracc. I, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo)

En ocasiones, cuando los patrones que se dedican al comercio y caen en insolvencia, y en consecuencia entran a concurso mercantil, todos sus acreedores se enlistan por orden de graduación y prelación, para que se les vaya pagando, conforme se van vendiendo los bienes de aquellos. Para conocer los detalles de la graduación que se les da a los adeudos que tiene a su favor el Seguro Social en caso de concurso mercantil, se recomienda la lectura del tema “Orden de pago de créditos del IMSS en concurso mercantil”, disponible próximamente en nuestra edición electrónica número 508 del 30 de abril de 2022, en la sección de Seguridad Social.