Una colaboradora que está de incapacidad por maternidad desde hace dos semanas, nos informa que necesita una validación por internet para que el IMSS le cubra el subsidio respectivo, desconocemos si esto es cierto o no. Nos pueden ayudar
Durante el embarazo y el puerperio la trabajadora puede acceder al pago de un subsidio en dinero igual al 100 % del último salario base de cotización —SBC— que recibirá durante 84 días (art. 101 y Criterio de Interpretación, para efectos administrativos de los artículos 85, 101 y 102 de la LSS, así como 143 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS).
No obstante, para acceder a dicha prestación, la colaboradora requiere, según el dispositivo 102 de la LSS:
- tener cubiertas por lo menos 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio, y
- que el Seguro Social le hubiese certificado el embarazo y determinado la fecha probable del parto
Adicionalmente, se necesita de una confirmación por parte del empleador a través del Escritorio Virtual, en atención al acuerdo ACDO.AS2.HCT.070420/119.P.DPES publicado en el DOF el 4 de mayo de 2020, tocante a la aprobación para la certificación del estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto.
Por ello, ustedes deben llevar a cabo el proceso o la asegurada no podrá acceder a sus recursos
Leer: Autorización de incapacidades por maternidad vía Escritorio Virtual