Alta de CLABE en el IMSS para el pago de incapacidades

Todas las cuentas bancarias están sujetas a un proceso de validación y verificación, cuyo resultado es notificado al asegurado por correo electrónico

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 -  (Foto: ESPECIAL)

Los asegurados al enfrentarse a una contingencia están protegidos por las prestaciones que brinda el Régimen Obligatorio del Seguro Social, como lo son los subsidios por incapacidad temporal para prestar los servicios.

Toda vez que los patrones son fuente de información para su plantilla laboral, a continuación se dan a conocer los pormenores de los tipos de incapacidades que el IMSS expide, las formas de pago de los subsidios correspondientes y un caso práctico de cómo registrar la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) para que se transfieran los recursos respectivos a esta, y así evitar traslados innecesarios a las entidades financieras o a las Unidades de Medicina Familiar (UMF).

Incapacidades IMSS

Según la Real Academia Española, una incapacidad es la condición inhabilitante para desempeñar, temporal o permanentemente el puesto de trabajo o para realizar funciones propias a este, ocasionando la suspensión o la terminación del vínculo laboral o funcional y justificación de la prestación correspondiente.

Por su parte, el numeral 137 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS (RPM) considera como incapacidad temporal para brindar el servicio, la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al colaborador para desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo.

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Revise cómo actualizar la e.firma en el escritorio virtual

Tal circunstancia se dictamina a través de un certificado de incapacidad temporal, el cual es el documento médico legal, expedido en los formatos oficiales por el médico tratante o el estomatólogo del Instituto al asegurado, para hacer constar la inhabilidad temporal para el trabajo con el fin de justificar su ausencia en el centro de labores durante los días que se requieran para su recuperación (art. 138, RPM).

En la siguiente tabla se muestran los diversos supuestos que dan origen al pago de un subsidio, las exigencias a cumplir, el monto y duración de este.

Contingencia

Mínimo de semanas cotizadas

Porcentaje de pago

Límite de pago

Riesgos de trabajo
Los accidentes y las enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo
(Arts. 41 y 58, fracc. I, LSS; y 30, RPM)
No requiere
100 % del salario base cotización (SBC) vigente al ocurrir el riesgo
De un día hasta el término de 52 semanas, según lo determine el personal de Salud en el Trabajo
Enfermedad general
Toda alteración física o mental en el individuo, que lo imposibilite para el desempeño de su trabajo por causas ajenas al ejercicio de sus labores
(Arts. 96; 97; y 98, LSS; y 2o., fracc. VII, RPM)
Cuatro semanas inmediatas anteriores al inicio del padecimiento.
Si es trabajador eventual, seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio del malestar
60 % del SBC reportado al inicio de la incapacidad
A partir del cuarto día hasta el término de 52 semanas, conforme lo consideren los servicios médicos del IMSS, lapso que puede prorrogarse hasta por 26 semanas más
Maternidad
Es el estado fisiológico de la mujer originado por el proceso de la reproducción humana, en relación con el embarazo, el parto, el puerperio y la lactancia
(Arts. 101; 102 y 103 LSS; 2o., fracc. X y 143, fracc. I, RPM)
30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicie el pago del subsidio.
De no cumplirse con lo anterior, el pago queda a cargo del patrón
100 % del último SBC.
Los días prolongados (de enlace) se pagan como continuación de incapacidades por enfermedad; es decir, se cubren al 60 % de la base salarial
84 días amparados por el certificado único de incapacidad por maternidad.
Lapsos renovables, desde uno y hasta siete días, en caso de incapacidades de enlace

Autorizacion de incapacidades

El Seguro Social dio a conocer en el DOF del 4 de mayo de 2020, el acuerdo ACDO.AS2.HCT.070420/119.P.DPES tocante a la aprobación para la certificación del estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto (Acuerdo), su vigencia inició el día de su publicación y lo más relevante es que se facultó a la Dirección de Prestaciones Médicas para:

  • certificar el estado de embarazo y expedir incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto, tanto para las aseguradas que hubiesen acudido a los servicios médicos para control prenatal, como a las que se atienden con médicos privados
  • suspender el trámite presencial del registro de alta o modificación de cuentas CLABE interbancarias de las colaboradoras para el pago de subsidios por incapacidad temporal para las labores por maternidad (actualmente este punto no aplica), e
  • incorporar en el proceso de pago de la incapacidad temporal para el trabajo por maternidad la confirmación del patrón a través del portal del IMSS

Es preciso mencionar que la validación del empresario para acceder al subsidio no tiene sustento jurídico. Sin embargo, se necesita actualmente para cualquier tipo de incapacidad (riesgo de trabajo, maternidad o enfermedad general), y la intención está encaminada a proteger los recursos del Instituto en caso de fraudes (art. 307, LSS).

Formas de pago del subsidio

Hoy en día, convergen tres mecanismos para que los asegurados cobren el subsidio, a saber:

  • ventanilla bancaria. Se exhiben los certificados de incapacidad en el banco (en la CDMX es en HSBC, pero en otras partes de la República están autorizados también BBVA y Banamex), así como una identificación oficial vigente con fotografía del interesado. Ello a partir del tercer día hábil posterior a la emisión del documento.

El pago permanecerá disponible de esta manera durante 30 días naturales. Pasado ese tiempo, el asegurado debe solicitar en la UMF un “volante de pago”

  • transferencia bancaria. El empleado registra una cuenta corriente por internet o presencialmente y recibe los fondos respectivos a los siete días hábiles posteriores a la elaboración del documento que avala los días de inhabilidad, o
  • entrega de cheque en la UMF. El Instituto expide dicho título de crédito a partir del décimo día hábil para que sea cobrado en la institución financiera respectiva, según la localidad de que se trate y depende del criterio interno de cada UMF, por lo que para cualquier aclaración el interesado debe acercarse al área de Prestaciones Económicas correspondiente

Cabe resaltar que ninguno de los procesos descritos aplica si el patrón celebró con el Seguro Social un convenio de pago indirecto y reembolso de subsidios (porque el empleador cubre el monto correspondiente) —art. 63, LSS—.

Trámite de alta de cuenta

Para tener un mayor control sobre el pago de la prestación en dinero, y evitar filas en los bancos o problemas por la negativa del cambio de las incapacidades, los trabajadores pueden dar de alta una cuenta CLABE de las formas siguientes.

Modalidad de la gestión

Procedimiento

Presencial
El peticionario debe presentarse en el área de Prestaciones Económicas de la UMF de su adscripción y exhibir:
  • solicitud de registro de pago de subsidios en cuenta bancaria
  • identificación oficial vigente con fotografía
  • papel que contenga el Número de Seguridad Social (NSS), y
  • estado de cuenta bancario (no mayor a tres meses de antigüedad) donde aparezca la cuenta CLABE interbancaria a 18 posiciones y el titular sea el asegurado
Correo electrónico
Según el domicilio al que pertenezca el interesado, tendrá que hacer la petición respectiva, a las direcciones visibles en https://www.imss.gob.mx/tramites/imss01036a.
En el asunto anotar “Registro de cuenta bancaria para subsidios” y en el cuerpo del e-mail capturar el nombre completo NSS, y medios de contacto del solicitante (correo electrónico adicional al utilizado y teléfono celular a 10 dígitos).
Anexar en formato PDF los papeles señalados para el trámite presencial.
Es menester digitalizar las imágenes con equipo scanner o si se envían fotos, corroborar que estas sean legibles y con una buena resolución, bien enfocados (no borrosos), sin flash solo con luz natural.
En un lapso de 10 a 20 días hábiles posteriores a la petición se obtendrá respuesta del IMSS
Escritorio Virtual
El interesado debe contar con e.firma vigente expedida por el SAT, y sus datos como NSS y CURP

Caso práctico

Con la finalidad de orientar a los interesados a dar de alta su cuenta bancaria para recibir el pago de los subsidios, a continuación se muestra el mecanismo a seguir en el Escritorio Virtual.

1. Ingresar al portal web https://www.imss.gob.mx/ y ubicar el apartado Accesos directos y seleccionar IMSS Digital

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2. Localizar el ícono del ESCRITORIO VIRTUAL y pulsar la frase El Escritorio Virtual: Es una zona personalizada de trámites y servicios 100 % digitales

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3. El sistema apertura la ventana Acceso escritorio virtual (https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal). Pulsar Ingresar y proporcionar los archivos .cer en el rubro Certificado y .key en Llave privada, capturar la contraseña respectiva, y oprimir Validar

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4. En el menú de lado izquierdo ubicar Datos de vigencia, dar clic en el botón Acciones y seleccionar Registra/Actualiza Cuenta CLABE

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5. El sistema arroja el mensaje: No hay información de cuenta CLABE; apretar Actualizar

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6. Capturar los siguientes datos del interesado: NSS, CURP, nombre completo y sexo. Inmediatamente se llenarán los campos: Delegación de adscripción, Subdelegación y U.M.F Adscripción

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7. Elegir el banco, y anotar la información de: la cuenta CLABE y confirmación de esta; correo electrónico con confirmación (donde se recibirán todas las notificaciones relacionadas a la CLABE); teléfonos celular y fijo.
Posteriormente, marcar el cuadro con la leyenda He leído y acepto los términos y condiciones de uso (el cual se sugiere revisar pulsando las palabras en azul —términos y condiciones—) y dar clic en Siguiente

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8. Observar que los datos emitidos por el portal sean correctos y oprimir Confirmar

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9. El sistema indicará que: La información ha sido registrada; oprimir Acuse para obtener el comprobante respectivo y dar clic en Aceptar

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Se recomienda verificar que el documento contenga los datos correctos de la cuenta CLABE

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10. Para concluir, pulsar Salir en la parte superior de la pantalla y Aceptar al mensaje: ¿Estás seguro de cerrar tu sesión?

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Conclusión


Tramitar el registro de la cuenta bancaria ante el IMSS es sencillo, y facilita que en caso de alguna contingencia los empleados no tengan que cobrar su prestación personalmente.

Finalmente, es necesario que de optar por gestionar el proceso a través del portal del Instituto, el solicitante considere tener vigente su e.firma y en su caso, renovarla en el Escritorio virtual.