IDC le extiende una cordial invitación a nuestro seminario Qué cuidar en su operación para 2023 que se llevará a cabo el próximo 9 de noviembre de 2022. Consulte el temario aquí y si desea inscribirse puede hacerlo en esta liga.
Cuando el empleador no cubre las contribuciones en materia de vivienda, perjudica a su personal, porque los puntos que se les otorgan para que que se beneficien de un préstamo de vivienda están condicionados con los aspectos de su trayectoria laboral, entre otras cosas:
- cotización continua. Corresponde a los últimos bimestres de cotización continua en el Régimen Obligatorio del Seguro Social por una relación laboral
- tipo de subordinado. Se refiere a la contratación del asegurado (permanente o temporal)
- estabilidad laboral. Promedio de los últimos tres años de la aportación de cuotas de vivienda por parte de un patrón
- comportamiento de pago. Se refiere al nivel de cumplimiento de las obligaciones a que está obligado el empleador en materia de vivienda, y
- contexto. Estima la ubicación y giro de la empresa
LEE: CÓMO CONSULTAR LAS APORTACIONES PATRONALES A LA SUBCUENTA DE VIVIENDA
Como se observa, si el patrón no aporta al Instituto, la precalificación no será favorable, de ahí que el afectado pueda presentar una queja o denuncia a través del Infonatel: 5591715050 (CDMX) o 800 008 3900 (resto de la república).
Para profundizar sobre las repercusiones de omitir esta obligación de pago de carácter patronal, se recomienda la lectura del tema “Autoridad laboral, ¿puede condenar al pago de aportaciones de vivienda?” disponible en la edición digital número 520 del 31 de octubre de 2022, en la sección de seguridad social.