Tipos de cobertura en el IMSS

Según el aseguramiento ante el Instituto, dicho organismo brindará las prestaciones a que tengan derecho sus derechohabientes

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El Seguro Social comprende dos tipos de regímenes: el obligatorio (ROSS) y el voluntario y según la afiliación de que se trate, se protegen determinadas contingencias y se proporcionan servicios específicos (arts. 6o. y 7o., LSS).

LEE:

En términos del numeral 11 de la LSS el esquema de prestaciones del ROSS comprende todos los seguros ofrecidos por el organismo a saber: Riesgos de Trabajo (RT); Enfermedades y Maternidad (EM); Invalidez y Vida (IV); Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), y Guarderías y Prestaciones Sociales (GPS).

Por lo que hace a las prestaciones del régimen voluntario depende del tipo de afiliación, de ahí que en la siguiente tabla se presente la cobertura de las diferentes modalidades que existen en ambos regímenes:


Modalidad

Descripción

Seguro

Derecho al subsidio1

RT

EM

IV

RCV

GPS

Régimen Obligatorio

10

Trabajadores permanentes y eventuales de la ciudad

X

X

X

X

X

RT, EM

13

Trabajadores permanentes y eventuales del campo

X

X

X

X

X

RT, EM

14

Trabajadores estacionales del campo cañero

X

X

X

X

X

RT, EM

17

Reversión de cuotas por subrogación de servicios

X

X

X

X

X

RT, EM

30

Productores de caña de azúcar

X

X

X

X

 

RT, EM

Régimen Voluntario

32

Seguro médico a estudiantes nivel medio superior y superior

 

X

 

 

 

NO

33

Seguro de Salud para la Familia

 

X

 

 

 

NO

35

Patrones personas físicas con trabajadores a su servicio

X

X

X

X

 

RT

36

Trabajadores al servicio de gobiernos estatales, municipales y organismos descentralizados

 

 

X

 

 

NO

38

Trabajadores al servicio de las administraciones pública federal, entidades federativas y municipios

 

X

X

 

 

NO

40

Continuación voluntaria el Régimen Obligatorio

 

 

X

X

 

NO

42

Trabajadores al servicio de las administraciones pública federal, entidades federativas y municipios

X

X

X

X

 

RT

43

Incorporación voluntaria del campo al Régimen Obligatorio

 

X

X

X

 

NO

Nota:

1. En caso de una enfermedad o accidente laboral del 100 % del salario base de cotización (SBC) registrado al momento de ocurrir el riesgo, desde el inicio hasta el término del siniestro (máximo 52 semanas) según lo determinen los servicios médicos y por un percance ajeno al trabajo del 60 % del salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad, a partir del 4o. día hasta el término de 52 semanas, lapso que puede prorrogarse hasta por 26 semanas más —arts. 58, fracc. I; 96 y 98, LSS—

Por lo que hace a la modalidad 44, Trabajadores independientes, está suspendidas porque el Seguro Social tiene en marcha la “Prueba piloto de esquema simplificado para la incorporación voluntaria al ROSS de personas trabajadoras independientes”, en donde se goza de todos los seguros que brinda el Instituto, para conocer más se sugiere revisar el trabajo titulado: Afiliación de trabajadores independientes al IMSS.

En tanto que la modalidad 34, Trabajadores domésticos, el 27 de octubre de 2022 se aprobó en la Cámara de Diputados el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la LSS en materia de personas trabajadoras del hogar, por lo que en esa fecha se le turnó al titular del ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Para conocer las opciones que tienen los subordinados al momento de una desvinculación laboral para seguir obteniendo las gracias que brinda el IMSS, se recomienda la lectura del tema "Alternativas de seguridad social tras ser despedido”, disponible en la edición digital número 521 del 15 de noviembre de 2022, en la sección de seguridad social.