Cambios a beneficios fiscales de patrones eventuales del campo

Se difundieron los nuevos parámetros a aplicar según la zona geográfica a la que pertenezca el empleador

El IMSS dio a conocer en el DOF del 20 de diciembre de 2022 en la edición vespertina el Decreto que modifica el diverso por el que se otorgan beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, publicado el 24 de julio de 2007, el cual estará vigente del 1o. de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024.

El beneficio consiste en un crédito fiscal que se podrá acreditar contra las cuotas calculadas conforme al salario base de cotización (SBC) respectivo, en la zona:

  • nacional: consiste en un crédito fiscal equivalente a la diferencia que resulte entre las cuotas obrero-patronales de los Seguros de Riesgos de Trabajo; de Enfermedades y Maternidad; de Invalidez y Vida; y de Guarderías y Prestaciones Sociales, que se calculen conforme al SBC correspondiente, y las que resulten de considerar 2.70 veces la UMA (VUMA), siempre y cuando la base salarial sea superior a este parámetro. Esto por lo que hace al ejercicio fiscal 2023, y
  • Libre de la Frontera Norte: se tomará en cuenta la diferencia que resulte entre las cuotas calculadas conforme al SBC respectivamente y las que resulten de considerar 3.10 VUMA en el ejercicio fiscal 2023

Para profundizar sobre el contenido del documento se recomienda consultar el Infoflash # 3478 Novedades en beneficios fiscales para patrones eventuales del campo, de acceso exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no es suscriptor de IDC puede suscribirse aquí.