Cuándo y cómo presentar al Infonavit anexos del dictamen fiscal

Los empleadores no deben olvidar que de no exhibir esta documentación al Instituto pueden hacerse acreedores a una multa

Los patrones que hubiesen presentado su dictamen fiscal por el ejercicio 2022 ante el SAT, deben exhibir al Infonavit, dentro de los siguientes 15 días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo para su exhibición ante la autoridad fiscal (SAT), una copia con firma autógrafa, del informe sobre su situación fiscal con los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones de vivienda (art. 29, fracción VIII, Ley del Infonavit y 84, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos -RIPAEDI-)

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Debido a que el plazo para presentar el dictamen ante el SAT venció el 15 de mayo del presente año, la entrega al Infonavit de los anexos en materia de vivienda es a más tardar el 5 de junio de 2023  (arts. 84, RIPAEDI y 32-A, quinto párrafo, CFF).

Para tal efecto, deben considerarse las indicaciones previstas en las Reglas para la presentación de del dictamen fiscal detalladas por la Coordinación General de Recaudación Fiscal del Infonavit, en su comunicado número CGRF/GSF/2023/1199.

Según ese documento, se puede presentar por medios electrónicos, enviando a los siguientes e-mails oficiales del Instituto: ayhernandezr@infonavit.org.mx o fvillicana@infonavit.org.mx, la documentación que se enlista enseguida:

Documento

Formato

Carta de presentación del dictamen fiscal (formato DO-01) con firma autógrafa del representante legal y contador público autorizado (CPA)

PDF

Opinión e informe de la situación fiscal del contribuyente firmado por el CPA

Acuse de recibido ante el SAT en forma electrónica con sello digital

Declaración anual del ISR con su acuse de recibo emitido por el SAT, únicamente si no se tuvieron trabajadores en el ejercicio dictaminado

Información Sobre Situación Fiscal (ISSIF), cuando se presente, con el acuse de recepción ante el SAT así como de los anexos manifestados en el archivo requisitado de la ISSIF

Anexos del dictamen fiscal

Análisis comparativo de las subcuentas de gastos o análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados

Excel y PDF

Relación de contribuciones a cargo del empleador como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador

Relación de contribuciones por pagar

Relación de los registros patronales asociados al RFC del contribuyente cuando sean más de 10

Excel

Información adicional, relacionando el detalle de los archivos con el nombre asignado a cada uno

Los empresarios deben considerar las siguientes reglas para el envío del correo con la documentación respectiva:

  • asunto, se tiene que especificar el trámite a realizar y el nombre del empleador (todo con mayúsculas) tal como en el ejemplo siguiente: RECEPCIÓN DICTAMEN FISCAL_ARTICULOS FAMACEUTICOS HIERRO SA DE CV, y
  • contenido del e-mail, el interesado debe señalar las direcciones de correo electrónico que utilizará como medios de contacto las cuales no pueden ser modificadas posterior a la presentación de la gestión en comento por lo que es indispensable estar atento a las notificaciones del Infonavit
  • un dictamen por correo, pues de lo contrario no se validarán y en caso de requerir mandar archivos comprimidos, estos deben ser entregados en formato .ZIP, pues no se recibirán archivos en .TXT o .RAR
  • si los archivos exceden del límite de la capacidad y no pueden mandarse en un solo momento, es necesario señalar el número de correos electrónicos enviados y mencionar que por el exceso de documentos no se pudo presentar la información en un solo e-mail

El Instituto confirmará la recepción del correo electrónico y que los datos se encuentran en validación; sin embargo, ello no implica que se tenga por recibido el dictamen fiscal. Por ende, una vez revisada la documentación y siempre que sea correcta y esté completa, dicho organismo remitirá a la compañía a través de los medios de contacto proporcionados, el número de folio que por turno le fue asignado al empresario por parte de la Delegación y la fecha de recepción.

Cabe precisar que, si en dos días hábiles no se cuenta con aviso de recepción para validación, el empleador deberá presentar el trámite en la Delegación Regional que le corresponda de acuerdo con su domicilio fiscal exhibiendo la copia del correo girado a Infonavit, en cuyo caso la fecha de recepción de los anexos será el día que se acuda a las instalaciones del organismo.

De optar por efectuar la diligencia en comento en la Delegación Regional es indispensable que se presente en dos tantos la Carta de presentación del dictamen fiscal signada por el representante legal, debidamente requisitada y legible, sin tachaduras ni enmendaduras y adjuntar en un dispositivo USB con el nombre y RFC del patrón dictaminado, los archivos relacionados en el trámite electrónico.

Finalmente, es importante cumplir con este deber para evitar ser susceptibles a una multa de 151 a 200 veces la UMA; actualmente, de $ 15,664.74 a $ 20,748.00 (arts. 6o., fracc. XV y 8o., fracc. II, Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Infonavit y sus Reglamentos establecen a cargo de los Patrones).