El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) difundió en el Diario Oficial de la Federación del 22 de diciembre de 2023, los días que se considerarán como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos a su cargo. A continuación el detalle.
Las siguiente fechas se considerarán como inhábiles y por ende, no correrán términos legales ante el organismo:
- 1o. de enero
- 6 de febrero
- 20 de marzo
- Del 3 al 7 de abril
- 1o. y 10 de mayo
- 16 de septiembre
- 2 y 20 de noviembre
- 24, 25 y 31 de diciembre, y
- los demás que determinen las propias autoridades del Infonavit
¿Cuál es la finalidad del Infonavit?
De acuerdo con el artículo 3o. de la Ley del infonavit, este Instituto tiene por objeto administrar los recursos del fondo nacional de la vivienda; establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener un crédito barato y suficiente para:
- adquirir en propiedad viviendas cómodas e higiénicas
- construir, reparar, ampliar o mejorar sus viviendas
- pagar pasivos contraídos para mejorar su vivienda o adquirir su vivienda, y
- adquirir en propiedad del suelo destinado para la construcción de su vivienda
También tiene como propósito coordinar y financiar programas de construcción de habitaciones para ser adquiridas en propiedad de los trabajadores.
¿Cuándo se deben pagar las aportaciones al Infonavit?
De conformidad con el artículo Sexto transitorio de la Ley del Infonavit, las contribuciones de vivienda se deben cubrir bimestralmente a más tardar el día 17 de: enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre del año del que se trate.
Sin embargo, si el último día para el cumplimiento del pago oportuno es inhábil o viernes, se estará a lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación —CFF—, esto es, el pago tiene que efectuarse al siguiente día hábil (arts. 23, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y 12, CFF).