Registro patronal por actividad empresarial, ¿posible?

¿Se puede tener un número de registro patronal en una empresa dedicada a la venta de productos farmacéuticos?

Somos una empresa dedicada a la venta de productos farmacéuticos y estamos considerando la contratación de repartidores. Sin embargo, desconocemos si podemos tener un número de registro patronal (NRP) distinto para este personal. Qué nos pueden comentar al respecto

En términos del artículo 13, segundo párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACER) al patrón persona moral se le asigna un NRP por cada municipio o en la Ciudad de México (CDMX), en que tenga establecimientos o centros de trabajo, independientemente de que tenga más de uno dentro de un mismo municipio o en la capital del país.

Además, el precepto 26, fracción I del RACERF establece que tratándose de una compañía con varias actividades —farmacéutica y reparto de productos— o con diversos centros laborales en el territorio o jurisdicción de un mismo municipio o en la CDMX, se le fija una sola clasificación y no pueden disociarse para asignar clasificación y prima diferentes a cada una.

Consecuentemente, no es posible que tramiten un NRP diferente para los repartidores, ya que estos y los vendedores serán considerados como parte de una sola unidad de riesgo.