¿Disminución de multa por pronto pago?

¿Se puede recibir un descuento si se cubre una sanción dentro de los 15 días siguientes a la notificación?

Recibimos una cédula de liquidación de un crédito fiscal del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que incluye la multa respectiva. El notificador del Instituto nos informó que, si cubrimos la sanción dentro de los 15 días hábiles siguientes, se aplicará un descuento automático del 20 %. Esto es cierto

Sí, de acuerdo con el artículo 189, primer y segundo párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), las multas impuestas deben ser cubiertas dentro de los 15 días hábiles siguientes a su notificación, y si se liquidan dentro de ese plazo, se reducirá en un 20 % sin necesidad de que el Seguro Social emita una nueva resolución.

Cabe mencionar que, aunque los Lineamientos generales para la condonación de multas en el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como su Anexo Único (publicados en el Diario Oficial de la Federación del 22 de marzo de 2024), establecen que el cálculo de la reducción mencionada se puede aplicar a través del Sistema de Pago Referenciado (SIPARE), esto solo será posible una vez que el IMSS implemente las adecuaciones a dicha plataforma.

Por consiguiente, el interesado debe acudir a la subdelegación correspondiente al domicilio de su registro patronal para solicitar la línea de pago respectiva.

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