La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de este 27 de septiembre de 2024, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, el cual entra en vigor en lo general a partir del 30 de septiembre de este año.
Dicho documento señala, entre otras cosas que los:
- trabajadores afiliados y no afiliados tienen derecho a que se les proporcione la información relacionada con ellos y con las resoluciones otorgadas a estos o a sus beneficiarios para la procedencia de la disposición de los recursos de su cuenta individual, y
- empleados no pueden traspasar su cuenta individual cuando se encuentren pensionados, se afecte la continuidad del pago de dicha prestación y se disminuyan los recursos de tal cuenta
Además, las Empresas Operadoras tienen que identificar las cuentas individuales de los colaboradores y de los trabajadores no afiliados que hubiesen fallecido.
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¿Qué es una cuenta individual inhabilitada?
Aquella que una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) hubiese dejado de operar y cuyo saldo en todas sus subcuentas se mantenga en cero durante al menos un plazo de seis bimestres consecutivos, derivado de procesos de disposición de recursos, de unificación o separación de cuentas, de traspaso de cuentas o cuando, desde su apertura, no hubiesen recibido aportaciones de cualquier tipo.