Una trabajadora nos presentó un certificado de incapacidad por maternidad a pesar de no tener derecho al subsidio correspondiente por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ya que no cumple con las semanas de cotización necesarias, por lo que desconocemos, si dicho documento es o no válido, y si estamos obligados a cubrir su salario Podrían orientarnos
Si bien la trabajadora objeto de su consulta, no tiene derecho al pago del subsidio por parte del Seguro Social, es válido que dicho organismo le expida el certificado de incapacidad, toda vez que este documento hace constar su inhabilidad temporal para prestar sus servicios, justificando así sus ausencias en el centro de labores durante los 84 días de incapacidad pre y postnatal (art. 138, Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS).
Además, como la asegurada no cumple con el requisito de las 30 semanas de cotización necesarias para el pago del subsidio por parte del IMSS, queda a cargo de ustedes el entero de su salario íntegro (arts. 103, segundo párrafo, Ley del Seguro Social y 170, fracc. V, Ley Federal del Trabajo).