Un Tribunal Colegiado resolvió si están o no amparadas las pensiones respecto de los descuentos por créditos otorgados por entidades financieras



Las pensiones son un pilar esencial para garantizar la estabilidad económica de las personas en situaciones de invalidez, incapacidad o retiro, permitiendo que disfruten de una vida digna

Por esta razón, la protección de las pensiones resulta fundamental, evitando que sean afectadas por descuentos arbitrarios, embargos o compensaciones no justificadas.

ÚNETE A IDC en nuestro canal de Whatsapp



Requisitos para la obtención de préstamos a pensionados

Recientemente, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito emitió un criterio para clarificar las exigencias necesarias para la concesión de préstamos a pensionados y los límites aplicables a los descuentos, resaltando la necesidad de salvaguardar estas prestaciones de seguridad social frente a posibles vulneraciones.

A continuación, se detalla dicho criterio y sus implicaciones.


Las condiciones establecidas mediante este criterio ayudan a prevenir prácticas abusivas por parte de las entidades financieras, como el otorgamiento de créditos con cuotas excesivas o plazos desproporcionados.

Para profundizar sobre este tema se sugiere la lectura “Protección de las pensiones por cesantía y vejez” disponible en la revista digital 554, del 30 de abril de 2024, en la sección de seguridad social.




¿Cuándo son procedentes los descuentos a los salarios de los trabajadores?

Por regla general, los descuentos al salario están prohibidos, pero el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo permite algunas excepciones que todo patrón debe conocer:

  • deudas contraídas con el empleador por anticipo de salarios, pagos hechos con exceso al colaborador, errores, pérdidas, averías o adquisición de artículos producidos por la empresa o establecimiento

  • pago de renta (cuando las habitaciones se den en arrendamiento a los subordinados)

  • abonos para cubrir préstamos provenientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit)

  • cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro

  • pensiones alimenticias decretado por la autoridad competente, o

  • abonos para cubrir créditos garantizados por el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot)

¿Quieres saber más? ¡Sigue a IDC en Google News!






Más sobre:



Quiero ser
suscriptor