El Seguro Social dio a conocer los requisitos a cumplir para que las empresas puedan ofrecer servicios de guardería dentro de sus instalaciones mediante convenios de subrogación



El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación del 21 de abril de 2025, las Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación del servicio de guardería con patrones que cuenten con Centros de Educación y Cuidado Infantil (CECI) en sus instalaciones, cuya vigencia inicia el 22 de abril del presente año.

Estas disposiciones permiten a los empleadores brindar el servicio de guardería dentro de sus centros de trabajo, a cambio de una cuota mensual por niño inscrito, pagada por el IMSS, siempre que se cumplan ciertos requisitos legales, técnicos y operativos.

Requisitos generales

  • Cada patrón debe firmar su propio convenio con el IMSS

  • los convenios tendrán una vigencia mínima de un año y máxima de cinco años, y

  • se basan en los principios de no discriminación, transparencia y no discrecionalidad

Solicitud del convenio

Los patrones interesados deberán estar al corriente con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el IMSS y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).

ÚNETE A IDC en nuestro canal de WhatsApp


Formalización del convenio

El patrón debe presentar: licencia de uso de suelo o su equivalente, opiniones fiscales favorables, registros patronales que amparan el convenio y en su caso, la manifestación de uso compartido del CECI.


Contenido del convenio

El acuerdo deberá incluir: datos de las partes involucradas; horarios y registros patronales; reglas del servicio, uso del Sistema de Información y Administración de Guarderías (SIAG); obligaciones del patrón y del IMSS; cláusulas de confidencialidad, vigencia y causales de terminación.


Obligaciones en el otorgamiento del servicio

  • Horario: mínimo 10 horas diarias

  • inscripción: se debe realizar mediante el Sistema de Información y Administración de Guarderías

  • personal: debe estar asegurado en el IMSS, y

  • población: el CESI debe otorgar el servicio de preferencia a hijos de trabajadores del patrón


Terminación y continuidad

El convenio podrá finalizar por incumplimientos, deficiencias, cambios jurídicos, falsedad o falta de pago. Además, si se desea continuar con el servicio, se debe solicitar una renovación con al menos 30 días hábiles de anticipación y pasar una nueva revisión técnica.

¿Quieres saber más? ¡Sigue a IDC en Google News!




Más sobre:



Quiero ser
suscriptor