IMSS publica disposiciones para guarderías en centros
laborales

IMSS publica disposiciones para guarderías en centros
laborales

El Seguro Social dio a conocer los requisitos a cumplir para que las empresas puedan ofrecer servicios de guardería dentro de sus instalaciones mediante convenios de subrogación
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación del 21 de abril de 2025, las Disposiciones de carácter general para la celebración de convenios de subrogación del servicio de guardería con patrones que cuenten con Centros de Educación y Cuidado Infantil (CECI) en sus instalaciones, cuya vigencia inicia el 22 de abril del presente año.
Estas disposiciones permiten a los empleadores brindar el servicio de guardería dentro de sus centros de trabajo, a cambio de una cuota mensual por niño inscrito, pagada por el IMSS, siempre que se cumplan ciertos requisitos legales, técnicos y operativos.
Cada patrón debe firmar su propio convenio con el IMSS
los convenios tendrán una vigencia mínima de un año y máxima de cinco años, y
se basan en los principios de no discriminación, transparencia y no discrecionalidad
Los patrones interesados deberán estar al corriente con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el IMSS y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
El patrón debe presentar: licencia de uso de suelo o su equivalente, opiniones fiscales favorables, registros patronales que amparan el convenio y en su caso, la manifestación de uso compartido del CECI.
El acuerdo deberá incluir: datos de las partes involucradas; horarios y registros patronales; reglas del servicio, uso del Sistema de Información y Administración de Guarderías (SIAG); obligaciones del patrón y del IMSS; cláusulas de confidencialidad, vigencia y causales de terminación.
Horario: mínimo 10 horas diarias
inscripción: se debe realizar mediante el Sistema de Información y Administración de Guarderías
personal: debe estar asegurado en el IMSS, y
población: el CESI debe otorgar el servicio de preferencia a hijos de trabajadores del patrón
El convenio podrá finalizar por incumplimientos, deficiencias, cambios jurídicos, falsedad o falta de pago. Además, si se desea continuar con el servicio, se debe solicitar una renovación con al menos 30 días hábiles de anticipación y pasar una nueva revisión técnica.