El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 4 de septiembre de 2025, la modificación a las Reglas de Carácter General emitidas por su Consejo de Administración, que regulan su participación en la prueba piloto para los trabajadores de plataformas digitales (Reglas).
Entre los cambios más relevantes se encuentra la definición de persona trabajadora acreditada (empleado que recibió un crédito del Infonavit mediante una relación laboral diferente al de la plataforma digital) así como la precisión sobre quiénes son los responsables del pago de las amortizaciones.
Pago de amortizaciones de trabajadores de plataformas digitales
Durante la prueba piloto, quienes ya cuenten con un crédito de vivienda del Infonavit deben continuar pagándolo de la misma forma en que lo hacían antes del inicio de la prueba. Esto implica que si no tenían empleo antes de ser trabajadores de plataformas digitales, realicen el pago directo al Instituto (amortización especial).
Por otra parte, si el préstamo habitacional se otorga durante la vigencia de la prueba piloto, pero mediante un vínculo laboral distinta a plataformas digitales, el patrón con quien se originó el crédito (no la plataforma) continuará siendo responsable de realizar los descuentos correspondientes y cumplir con sus obligaciones ante el Infonavit.
Vigencia de la enmienda a las Reglas
Cabe señalar que el aviso del Infonavit no indica explícitamente la fecha de inicio de vigencia de las modificaciones a las Reglas. No obstante, conforme al artículo 7o. del Código Fiscal de la Federación, las leyes fiscales, sus reglamentos y las disposiciones administrativas de carácter general, deben entrar en vigor en toda la República el día siguiente al de su publicación en el DOF, salvo que en ellas se establezca una fecha posterior; por ende, la vigencia del aviso sería desde el 5 de septiembre del 2025.
SUA especial para patrones de plataformas
Cuando un empleador pertenece al sector de plataformas digitales, es indispensable contar con un parche especial del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), el cual es proporcionado por el Seguro Social únicamente cuando tiene conocimiento de que el Número de Registro Patronal (NRP) corresponde a una plataforma digital.
Para acceder al SUA “especial” los empleadores de plataformas digitales deben:
obtener su NRP, ya sea a nivel nacional o por cada Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada del IMSS
una vez creado el registro patronal, enviar un correo electrónico a la dirección: altarpplataforma@imss.gob.mx adjuntando la Tarjeta de Identificación Patronal e indicando que se trata de un patrón de plataformas digitales que desea apegarse a las Reglas, y
esperar el correo de confirmación del organismo junto con el parche SUA
Más información sobre la afiliación de trabajadores de plataformas digitales
Es importante que los trabajadores de plataformas digitales consideren que serán sujetos de aseguramiento al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) si perciben un ingreso neto mensual igual o superior al salario mínimo vigente en la Ciudad de México.
Finalmente, para profundizar acerca del programa piloto para la incorporación de trabajadores de plataformas digitales al Seguro Social, se le invita a consultar el tema “Afiliación al IMSS de trabajadores de plataformas digitales”, disponible en la sección de seguridad social de la revista digital número 582, correspondiente al 15 de julio de 2025. El acceso a esta publicación es exclusivo para nuestros suscriptores.
Si aún no eres suscriptor puedes suscribirte aquí y ser parte de nuestra comunidad y disfrutar de todos los beneficios que ofrecemos, o si solo deseas adquirir este ejemplar puedes hacerlo aquí.