El Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2026incluye la modificación al Código Fiscal de la Federación (CFF), que tiene impacto en el ámbito de la seguridad social; pero hay que tener presente que esta reforma aún está en análisis y aprobación por parte del Congreso de la Unión.
Los aspectos que contempla la reforma al CFF y que afectan a la seguridad social son los descritos a continuación.
Visitas domiciliarias
Durante las visitas domiciliarias, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) podrá capturar audios, videos o fotografías como parte de la diligencia. Estos materiales se anexarán a las actas y tendrán valor probatorio.
Asimismo, se establece la obligación de que los representantes legales de las personas morales proporcionen a la autoridad fiscal sus datos de contacto, incluido el correo electrónico y los medios habilitados en el buzón tributario (para efectos del Seguro Social el Buzón IMSS). Cualquier cambio deberá notificarse oportunamente.
Recurso de inconformidad y la garantía del interés fiscal
Los patrones que promuevan un recurso de inconformidad previsto en las Leyes del Seguro Social o del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), no estarán obligados a garantizar el crédito fiscal hasta que se emita la resolución respectiva. Situación que se tiene actualmente.
Sin embargo, lo que sí cambia son las particularidades de las garantías fiscales. Por ejemplo:
se seguirá un orden obligatorio en las formas en que se puede garantizar el interés fiscal
se incorpora la garantía mediante billete de depósito (será emitido por el Banco del Bienestar S.N.C.)
combinación de formas de garantía
la modalidad de prenda o hipoteca, será sobre bienes que representen un medio idóneo para recuperar los créditos fiscales y no generar mayores gastos al erario público (la autoridad fijará mediante reglas de carácter general identifique los bienes que podrán ofrecerse como garantía), y
se podrá embargar las negociaciones, exceptuando los predios rústicos
Restricción temporal del CSD
Las autoridades fiscales (como el IMSS) podrán restringir temporalmente el uso del Certificado de Sello Digital (CSD) cuando detecten que el empleador tiene créditos fiscales firmes y que, en el ejercicio inmediato anterior, hubiese emitido comprobantes fiscales por un monto superior a cuatro veces el adeudo correspondiente.