Estimado lector, IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral le hace una cordial invitación al seminario REFORMA A LEY DE AMPARO: IMPLICACIONES PARA EL ÁMBITO EMPRESARIAL, el cual se llevará a cabo en línea el 26 de noviembre de 2025 en un horario de 11:00 a 14:00 horas. Aquí puede consultar el temario, y si lo desea inscribirse en el mismo.
Si bien las funciones del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot) son similares porque otorgan créditos a los trabajadores y velan así por su bienestar, son organismos que tienen naturaleza distinta, pues existen diferencias clave en cuanto a sus objetivos, obligaciones y beneficios. A continuación, los detalles.
¿Qué es el Infonavit y cuál es su función?
De conformidad con los artículos 2o. y 3o., fracciones I y II de la Ley del Infonavit, este Instituto es un ente de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propios; su principal objetivo es administrar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda, para establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener créditos baratos y suficientes para adquirir, construir, mejorar o ampliar sus viviendas, así como pagar pasivos relacionados con estas actividades.
Además, el Infonavit es considerado como un organismo de seguridad social, pues protege a los trabajadores ante la contingencia de la falta de vivienda, en diversas modalidades. Tan es así, que el Código Fiscal de la Federación considera las aportaciones y las amortizaciones de vivienda como créditos fiscales, en específico: contribuciones de seguridad social.
Principales obligaciones patronales ante el Infonavit
Los empleadores tienen dos deberes primordiales respecto a sus asegurados en materia de vivienda:
aportaciones. Todos los patrones están obligados a proporcionar a sus subordinados habitaciones cómodas e higiénicas. Para ello, deben realizar las contribuciones al Infonavit del 5 % sobre los salarios base de aportación (SBA) de sus colaboradores (arts. 123, apartado A, fracc. XII, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 136, LFT; y 29 fracc. II, Ley del Infonavit), y
amortizaciones. Al concederse a los asegurados un préstamo de vivienda, los empresarios tienen que retenerles de su salario, la cantidad determinada por el organismo, esto para cubrir el pago de dicho empréstito. Esto debe efectuarse a partir de la recepción del Aviso para Retención de Descuentos o cuando aparezcan los datos del crédito en las cédulas de Emisión Bimestral Anticipada (EBA) que se descargan desde el IMSS Desde su Empresa (IDSE), o Buzón IMSS y hasta la baja de los empleados o al recibir el aviso de suspensión respectivo (arts. 29, fracc. III, Ley del Infonavit y 50, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit)
¿Qué es el Infonacot y cuál es su función?
Según los preceptos 2o. y 3o. de la Ley del Infonacot, dicho Instituto tiene como finalidad ofrecer créditos al consumo a los trabajadores formales para adquirir bienes, servicios o contar con liquidez inmediata. A diferencia del Infonavit, no se enfoca en vivienda, sino en el acceso a financiamiento personal.
Obligaciones patronales ante el Infonacot
En términos del numeral 132, fracciones XXVI y XXVI Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el empresario tiene las siguientes obligaciones ante el Infonacot:
afiliaral centro de trabajo al Instituto para que los colaboradores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad. En caso de incumplimiento, el empleador puede hacerse acreedor a una multa que va de 50 a 1,500 veces la Unidad de Medida y Actualización; esto es entre $ 5,657.00 a $ 169,710.00, y
retención y entero de descuentos. Una vez brindado el crédito al subordinado, la empresa está obligada a hacer las deducciones que corresponden al pago de abonos para cubrir créditos otorgados o garantizados por el Instituto destinados a la adquisición de bienes de consumo duradero o al pago de servicios. Estas deducciones deben ser aceptadas libremente por el subalterno y no pueden exceder del 10 % del salario mínimo, o 20 % en los demás casos (arts. 97, fracc. IV, y 110, fracc. VII, LFT).
Los descuentos deben ser enterados en orden de prelación; es decir, primero al Infonacot y posteriormente a otras instituciones. Cabe aclarar que esta carga no convierte al patrón en deudor solidario del crédito concedido al empleado
El Infonacot no es una institución de seguridad social, y la amortización de su crédito no tiene naturaleza fiscal, sino que entra en el derecho privado, ya que el patrón se vuelve obligado solidario a través del convenio de adhesión a dicho Instituto.
¿Cómo afiliarse al Infonacot?
Si desea conocer a detalle el proceso de afiliación al Infonacot, se le invita a consultar el tema “Registro patronal ante el Infonacot”, disponible en la sección de laboral de la revista digital número 589, correspondiente al 31 de octubre de 2025. El acceso a esta publicación es exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no eres suscriptor puedes suscribirte aquí y ser parte de nuestra comunidad y disfrutar de todos los beneficios que ofrecemos, o si solo deseas adquirir este ejemplar puedes hacerlo aquí.