Créditos de la imágen: Imagen creada con Gemini Pro
MIE 18/02
TDC 17.1753
SAB 10/01
INPC 143.5880
DOM 01/02
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
Precisan cifras económicas usadas como referencia en controversias mercantiles; ajustes mínimos, pero que inciden en la aplicación de sanciones
La Secretaría de Economía dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 18 de febrero de 2026 un acuerdo que introduce una actualización a los montos previstos en diversas disposiciones del Código de Comercio (CCom).
A diferencia del acuerdo difundido en diciembre de 2025 —mediante el cual se ajustaron las cuantías aplicables a multas, sanciones y procedimientos mercantiles—, en esta ocasión las modificaciones se limitan a la precisión de cifras en sus decimales, sin alterar el fondo de las reglas previamente establecidas.
A continuación, se detallan los cambios:
Principales multas actualizadas
sanción por desacato a resoluciones judiciales: los jueces podrán imponer multas de $ 11,091.60 como medida de apremio para garantizar el cumplimiento de sus determinaciones (art. 1067 Bis, fracc. II, CCom)
penalización para peritos incumplidos: peritos que no entreguen su escrito de aceptación, protesta del cargo o dictamen en el plazo fijado por el juez serán sancionados con $ 5,545.80 (art. 1253, fracc. VI, CCom), y
multas por inasistencia a audiencias: la falta de justificación para no asistir a audiencias preliminares resultará en multas que oscilan entre $ 3,113.63 a $ $ 10,051.06 (art. 1390 Bis 33, CCom)
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Cambios en cuantías irrecurribles
Resoluciones cuya cuantía principal no supere $ 924,300.58 no serán susceptibles de apelación (art. 1340, CCom)
Resoluciones sin apelación en segunda instancia
Juicios mercantiles con montos menores a $ 924,300.58 se mantendrán como definitivos sin posibilidad de impugnación (art. 1339, CCom)
Si bien los cambios pueden parecer menores, resultan relevantes para la correcta determinación de cuantías en los juicios mercantiles y para la aplicación exacta de sanciones y umbrales económicos, por lo que conviene revisar cómo quedan integrados los montos vigentes y su impacto práctico.