SIDEIMSS 2026: Exigen membresía y evaluación a contadores
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Los contadores públicos autorizados que dictaminan en materia de seguridad social deben presentar cada año sus constancias de acreditación y membresía en el Sistema de Dictamen Electrónico
El contador público autorizado (CPA) sólo puede dictaminar el cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social cuando tiene vigente su registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), conforme al artículo 153 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Para conservar dicho registro, anualmente el contador debe acreditar su membresía y evaluación profesional ante el Instituto a través del Sistema de Dictamen Electrónico (SIDEIMSS). A continuación, se explica cómo cumplir con este requisito y evitar contratiempos.
De acuerdo con el precepto 154, fracciones II y III del RACERF, el CPA debe demostrar dentro de los primeros tres meses de cada año (enero-marzo), a través del SIDEIMSS, que es socio activo de un colegio de profesionales de la contaduría pública, reconocido por la autoridad competente y acreditar la evaluación ante dicho colegio o asociación, en materia de la Ley de Seguro Social y sus reglamentos.
Es decir, los contadores que deseen dictaminar el cumplimiento de las obligaciones de los patrones con un promedio anual de 300 o más empleados en el 2025, así como de aquellos que obtén por dictaminarse voluntariamente, tienen hasta el martes 31 de marzo de 2026 para presentar las constancias de acreditación y membresía a través de SIDEIMSS.
Para presentar las constancias de acreditación y membresía a través del SIDEIMSS, el CPA debe seguir estos pasos:
ingresar al portal SIDEIMSS, capturar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y subir los datos de la e.firma (archivos .cer, .key y la contraseña) y oprimir Validar
una vez dentro del sistema, elegir en el menú superior derecho, la sección Trámites, seguido de Contador y Módulo de contadores públicos. Posteriormente, pulsar el ícono de Presentación de acreditación y membresía
ingresar la Fecha de expedición de la acreditaciónyde la membresía, anexar los documentos respectivos en formato PDF (máximo 5 Megabytes cada uno). Para ello, dar clic en Elegir Archivo y después oprimir Adjuntar
verificar que los documentos se cargaron correctamente y dar clic en Siguiente
revisar que los datos en el acuse previo sean correctos y de ser así pulsar Firmar
adjuntar nuevamente los archivos de la e.firma y oprimir el botón Validar. Al recibir el mensaje La validación de la FIEL fue exitosa, dar clic en Firmar
el sistema confirmará en color verde que: La presentación de sus constancias de acreditación y membresía ha sido exitosa. Además, el CPA recibirá un correo electrónico con el acuse respectivo, y
para concluir, pulsar Salir del Trámite y luego, en la parte superior derecha, donde se observa el RFC del CPA, oprimir la fecha con dirección hacia abajo y seleccionar Salir
Si el CPA no presenta en tiempo y forma las constancias de membresía y acreditación, el Seguro Social presumirá una irregularidad imputable al contador (art. 176, fracc. I, inciso c), RACERF).
En este supuesto:
IMSS notificará la irregularidad por escrito al CPA, y
contador tiene 15 días hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga y presentar las pruebas documentales que desvirtúen los hechos. De lo contrario, quedará amonestado (art. 177, fracc. I, RACERF)
Adicionalmente, quedarán sin efectos los avisos de dictamen que lleguen a formularse por el CPA que no presentó las constancias respectivas (art. 158, fracc. I, RACERF).