Baja de Modalidad 40: Formato de escrito libre y pasos para
el IMSS
Créditos de la imágen: Imagen generada con gemini pro
Los asegurados deben recordar que pueden pedir expresamente su baja a dicho esquema presentando cierta documentación
De conformidad con el artículo 220 de la Ley del Seguro Social, la continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio (modalidad 40) puede concluir por la reincorporación del asegurado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la falta de pago de las contribuciones durante dos meses o, bien, por la manifestación expresa del interesado. A continuación, se describe el procedimiento a seguir en este último supuesto.
El afiliado debe acudir al Departamento de Afiliación-Vigencia de Derechos o a la Oficina Administrativa Auxiliar en el área de Afiliación y Cobranza de la subdelegación correspondiente a su domicilio y presentar la siguiente documentación:
identificación oficial vigente con fotografía
Clave Única de Registro de Población (CURP)
comprobante de domicilio
formato de Inscripción Inicial en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio
comprobante de los dos últimos pagos realizado, y
escrito libre que contenga: nombre completo; Número de Seguridad Social (NSS); CURP; domicilio; medios de contacto (número telefónico y correo electrónico); lugar y fecha de la solicitud; y motivo de la petición (indicando la fecha específica en que se solicita la baja en la modalidad 40). En seguida se muestra un ejemplo:
Como se mencionó, una de las causales para la terminación de la afiliación a la continuación voluntaria es dejar de realizar los pagos durante dos meses. En este caso, si el interesado no cubre las contribuciones correspondientes, su afiliación se considerará concluida por la falta de pago.
Una vez transcurrido dicho periodo, se recomienda obtener la Constancia de Semanas Cotizadas en el IMSS para confirmar que efectivamente se generó la baja de la modalidad 40.
Cabe precisar que en la práctica, es común que el sistema del Seguro Social no actualice la información de manera inmediata, llegando a tardar hasta 12 meses. En tal situación, será necesario acudir a la subdelegación correspondiente al domicilio del interesado para solicitar la confirmación de la baja por mora y, en su caso, realizar las aclaraciones necesarias.
Si desea conocer a detalle en qué consiste la continuación voluntaria al ROSS, se le invita a consultar el tema “¿Cómo adherirse a la modalidad 40?”, disponible en la sección de seguridad social de la revista digital número 589, correspondiente al 31 de octubre de 2025. El acceso a esta publicación es exclusivo para nuestros suscriptores. Si aún no eres suscriptor puedes suscribirte aquí y ser parte de nuestra comunidad y disfrutar de todos los beneficios que ofrecemos, o si solo deseas adquirir este ejemplar puedes hacerlo aquí.