Tras el dictamen del SAT: Fechas clave para cumplir al
Infonavit
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Es prioridad que consideres que en caso de no presentar al Infonavit diversos anexos del dictamen fiscal, el Instituto te puede sancionar
Los patrones que presentaron su dictamen fiscal 2025 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aún tienen una obligación pendiente con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit): enviar los anexos correspondientes a las aportaciones de vivienda.
De acuerdo con los artículos 29, fracción VIII de la Ley del Infonavit y 84 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos del Infonavit (RIPAEDI), los empleadores cuentan con 15 días hábiles, contados a partir del vencimiento del plazo para presentar el dictamen fiscal de estados financieros ante el SAT, para remitir al Instituto copia firmada del informe sobre su situación fiscal y los anexos relacionados con vivienda.
Considerando que el plazo para presentar el dictamen fiscal de los estados financieros venció el 15 de mayo de 2026, la fecha límite para entregar los anexos al Infonavit es el 5 de junio de 2026 (arts. 84, RIPAEDI y 32-A, quinto párrafo, Código Fiscal de la Federación).
Conforme al comunicado CGRF/GSF/2026/2938, emitido por la Gerencia Senior de Fiscalización de la Coordinación General de Recaudación Fiscal del Infonavit, la documentación debe enviarse vía electrónica a cualquiera de los siguientes correos institucionales:
Documento | Formato | |
Carta de presentación del informe y anexos a que se refiere el artículo 29, fracción VIII, primer párrafo, de la Ley del Infonavit (formato DO-01) con firma autógrafa del representante legal y contador público autorizado (CPA)* | ||
Opinión e informe de la situación fiscal del contribuyente firmado por el CPA que dictaminó ante el SAT | ||
Acuse de recibido ante el SAT en forma electrónica con sello digital | ||
Declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) con su acuse de recibo emitido por el SAT, únicamente si no se tuvieron trabajadores en el ejercicio dictaminado | ||
Anexos del dictamen fiscal | Análisis comparativo de las subcuentas de gastos o análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados | Excel y PDF |
Relación de contribuciones a cargo del empleador como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador | ||
Relación de contribuciones por pagar | ||
Relación de los registros patronales asociados al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del contribuyente cuando sean más de 10 | Excel | |
Información adicional, relacionando el detalle de los archivos con el nombre asignado a cada uno | ||
Nota:
*Este documento está disponible en https://portalmx.infonavit.org.mx, en el apartado de Patrones en la sección Trámites adicionales en el rubro Dictamen Fiscal, en el área Proceso del trámite del dictamen fiscal (Material relacionado). Se precisa que el domicilio fiscal indicado en dicho formato debe ser el manifestado ante el SAT conforme a la Constancia de Situación Fiscal con fecha de emisión no mayor a 10 días hábiles, misma que debe adjuntarse
Para evitar rechazos, los patrones tienen que observar las siguientes reglas:
La omisión en la entrega de esta información puede derivar en multas de 151 a 200 veces la Unidad de Medida y Actualización, actualmente de $ 17,713.81 a $ 23,462.00 (arts. 6o., fracc. XV y 8o., fracc. II del Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Infonavit y sus Reglamentos establecen a cargo de los patrones).