Infonavit fortalece su recaudación fiscal

Estrategia implementada por este Instituto para incrementar la recaudación a favor de los trabajadores y las acciones que tomará en 2012

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 .  (Foto: IDC online)

Recientemente, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio a conocer que en 2011, como resultado de la aplicación de un nuevo modelo de recaudación fiscal y del fortalecimiento de su política de cobranza social, sus ingresos reportaron una cifra récord y logró revertir el crecimiento de su cartera vencida.

Según un comunicado de prensa, al 31 de diciembre de 2011 los ingresos superaron los 123 mil millones de pesos –13% más que en 2010– y el índice de cartera vencida cerró en 5.15%, restituyendo la tendencia alcista registrada durante el primer semestre, acabando así el ejercicio en niveles similares a los de diciembre de 2010.

En este contexto, IDC, Asesor Jurídico y Fiscal acudió con el subdirector de Recaudación Fiscal del Infonavit, licenciado Joaquín Escamilla Orozco para plantearle los siguientes cuestionamientos:

¿Cuál fue el modelo de recaudación fiscal que implementaron en 2011 y qué resultados obtuvieron?

En el Instituto teníamos un rezago importante en cuanto a las notificaciones de las cuentas por cobrar a los patrones, sin embargo desde mediados de 2010 y todo el 2011 las hicimos del conocimiento de los deudores (más de dos millones de requerimientos).

Para tener la capacidad operativa de efectuar ese número de notificaciones, se fortaleció la red de notificadores, al tiempo que incrementamos la generación de requerimientos y mejoramos la logística de su notificación en cada una de las Delegaciones.

Así, la recuperación de créditos fiscales se debió principalmente por recordarle al patrón que no había pagado. Actualmente un gran número de patrones omisos ya han recibido los requerimientos hechos por el Instituto; que de no solventarse, se iniciará el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE). No obstante, a la fecha estamos prácticamente sin rezago, en consecuencia disminuirá el número de notificaciones a efectuar.

Como autoridad fiscal tenemos la facultad de determinar la existencia de omisiones de pago de aportaciones (5%) hasta por un período de cinco años, pero respecto de las amortizaciones, el criterio sustentado jurisdiccionalmente es que tal potestad no caduca.

Estamos conscientes de que hubiese sido mejor dar a conocer anticipadamente a los patrones  todas sus omisiones, pero ello no fue así; de ahí que en enero sometimos a la aprobación del Consejo de Administración el “Programa de Apoyo para la Regularización de Adeudos al Infonavit 2012” (PROFACI 2012), por virtud del cual se les puede condonar hasta el 100% de las multas y una cantidad muy importante de recargos, tratándose de adeudos originados desde 2006 y 2007, períodos en los que no teníamos la infraestructura actual para efectuar las notificaciones oportunamente.

Este programa se aplicará para regularizar adeudos generados de 2010 hacia atrás, dejando fuera el 2011 porque en ese año modificamos la estrategia de notificaciones y todas llegaron a tiempo.

El año pasado consolidamos un fuerte grupo de notificadores, llevamos controles semanales de lo que pasaba con las notificaciones y, entre otras cosas, creamos el Índice de Excelencia y su calificación incidió en la asignación de nuevos trabajos.

¿Seguirán con la misma estrategia de recaudación en 2012?

Continuaremos notificando los adeudos a los patrones en tiempo, e incluso tenemos pensado implementar un programa donde nos comprometamos con el patrón a hacerlo rápidamente y, si no nos impondremos una “auto sanción” que podría consistir en una reducción en la multa o los recargos respectivos; de esta manera estaremos en mejor comunicación con los patrones sobre sus omisiones. Cabe aclarar que la viabilidad de la imposición de las “auto sanciones”, está sujeta a la aprobación del Consejo de Administración.

Este año instauraremos un procedimiento de aclaración más ágil para los patrones: la mayoría de los requerimientos podrán solventarse a través de Internet, por tanto los patrones no tendrán que presentarse en las oficinas del Instituto.

Esto porque es imposible que no surjan aclaraciones, lo que sí podemos es hacerlas menos tortuosas para los patrones.

Con este nuevo mecanismo los patrones podrán ingresar al portal con su número de registro patronal, digitar el folio del requerimiento, seleccionar la causal de aquél y en su caso, indicar que ya efectuó el pago (fecha, monto y entidad donde lo enteró). Por su parte el Infonavit verificará esa información y a través de un correo electrónico le enviará la respuesta de su trámite, indicando que el requerimiento ha sido solventado.

Otros errores derivan de la falta de sincronización de nuestra base de datos con la del Seguro Social o del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), la aclaración de los mismos deberá hacerse de la manera señalada. Si recibimos los datos correctos, lo haremos del conocimiento de los patrones y en caso contrario, verificaremos que no exista alguna inconsistencia de operación en el proceso de recaudación, e igualmente se lo comunicaremos a los responsables.

Quienes utilicen este medio de aclaración no deberán realizar ningún trámite adicional a menos de que los datos en poder del Instituto sean insuficientes, en cuyo caso se citará a los patrones y se les solicitará únicamente los documentos necesarios para cerrar sus aclaraciones.

Este cambio es uno de los más importantes porque actualmente, para aclarar un requerimiento, el patrón debe acercarse a las ventanillas de las Delegaciones del Infonavit y exhibir documentación que a veces no es necesaria.

El nuevo modelo de aclaraciones ya está funcionando en la Delegación más grande, la del DF, y ha registrado muy buenos resultados por eso, seguramente en el primer semestre del año, estará operando a nivel nacional, lo cual beneficiará al Instituto y en mayor medida a los patrones.

Para incrementar la confianza en las diligencias de notificación, estamos implementando un sistema que involucra el uso de tecnología celular, es decir: a cada uno de los notificadores se le asignará su trabajo a través de un celular –y también seguirá manejando los documentos en papel–; con esto, el Infonavit podrá constatar si el notificador acudió con el patrón así como la fecha y el lugar en donde realizó la diligencia. Todo esto se logrará porque al efectuar la notificación deberá teclear los datos de la misma en el aparato y así se ubicará la posición satelital donde estuvo, con ello podremos constatar la veracidad de la información que nos presente y al mismo tiempo dar mayor seguridad a los patrones, quienes podrán corroborar a través de Internet que se llevó a cabo dicha diligencia.

Estos datos los compartiremos con las demás autoridades fiscales con las que trabajamos en conjunto (Instituto Mexicano del Seguro Social y el Servicio de Administración Tributaria).

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 -  (Foto: Redacción)

¿Hacia dónde va el uso de los medios electrónicos para efectos del Infonavit?

El uso de los medios electrónicos facilitará a los patrones el cumplimiento de sus obligaciones en materia de vivienda, será mucho más sencillo localizarlos por esa vía y hacerles llegar la información que necesiten para acatar sus deberes.

Tenemos proyectado, siempre que medie una autorización expresa del patrón, utilizar la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) para la realización de los trámites patronales y emplear direcciones electrónicas para comunicarnos, lo cual reducirá en gran medida las inconsistencias presentadas, por ejemplo en la variación del factor de descuento.

Daremos un mejor servicio al patrón cumplido y seremos contundentes con quienes evaden o eluden su responsabilidad fiscal.

Recientemente la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) emitió un Acuerdo de Calificación de problema sistémico por el embargo de cuentas bancarias por parte de las autoridades fiscales ¿qué nos puede comentar al respecto?

La PRODECON expidió ese Acuerdo en el expediente 3-V-H/2011 y ya dimos respuesta al mismo, para ello analizamos los criterios utilizados por la Procuraduría.

En ese documento se aborda lo relativo a los embargos precautorios, trabados cuando la autoridad tiene la duda de que el contribuyente cumpla con su obligación o hay un riesgo inminente de que evada su responsabilidad; el Infonavit no realiza este tipo de embargos, sólo recurrimos a ellos si el crédito fiscal está firme, y en ese caso, no existe ninguna duda de la facultad del Instituto para hacerlo y de que el patrón está en conocimiento de tal hecho.

Cuando el Infonavit notifica el adeudo al patrón, éste cuenta con 45 días hábiles para aclararlo, impugnarlo, pagarlo o, convenir sobre el pago del mismo; si no lleva a cabo ninguna de esas opciones, el adeudo se convierte en un crédito fiscal firme y se le notifica entonces el inicio del PAE. En la propia diligencia de notificación, le damos la oportunidad de aclarar, pagar, impugnar o convenir el crédito fiscal firme. En ese momento, el requerido puede señalar la forma de cubrirlo y sólo si no lo hace, el Instituto elige cómo recuperará los recursos de los trabajadores.

En el Infonavit somos muy cuidadosos al recurrir al embargo y observamos todas las disposiciones que lo rigen, incluso hasta la fecha no hemos sido requeridos por hacer un mal uso de nuestras facultades.

De hecho el procedimiento establecido con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, exige que para poder empezar con la petición de aseguramiento de montos (nunca solicitamos congelar la totalidad de la cuenta sino sólo separar el importe del crédito fiscal firme), debemos informarle el folio mediante el cual notificamos al patrón el inicio del PAE, los créditos firmes que se cobran y el monto a asegurar.

Los patrones deben tener presente que en caso del Infonavit, cuando se ejecuta un embargo se afecta a la empresa pero se beneficia a los trabajadores, porque al no pagar las aportaciones a su cargo les están negando la posibilidad de acceder a un crédito de vivienda; esto es más grave si se omiten las amortizaciones de crédito, pues son descuentos sobre los salarios de los acreditados, es decir: es dinero de los trabajadores, por tanto la retención y falta de entero se tipifica como fraude y se sanciona penalmente.

¿Por qué el Infonavit no condona el pago de aportaciones patronales y amortizaciones de vivienda?

El Infonavit es un organismo muy particular, porque recauda aportaciones que caen directamente al Fondo de la Vivienda de los trabajadores, cada peso que cobramos tiene un nombre y apellidos por ello no podemos condonar esos conceptos, pues pertenecen a estos derechohabientes y no al Instituto.

Estamos facultados para otorgar facilidades o autorizar prórrogas para que los obligados paguen.

Se debe considerar la importante labor del Infonavit, por un lado administra un fondo en donde todos sus derechohabientes tienen su ahorro, el cual, garantiza por lo menos el incremento en el salario mínimo; en los últimos años, gracias al buen manejo financiero del Instituto hemos ofrecido mejores rendimientos que los CETES o de los pagarés bancarios; y por otro, los trabajadores obtienen condiciones crediticias que en ninguna parte lograrían, incluso los productos de crédito están diseñados atendiendo que el derechohabiente pudiera enfrentar dificultades económicas a lo largo de la vida del préstamo, lo que permite ofrecerle alternativas de pago como reestructuras que no impacten en términos financieros, ni al crédito ni al Instituto (Garantía Infonavit).

Las economías de escala del Infonavit permiten desarrollar industrias y mercados que de otra manera sería muy difícil que pudieran existir, por ejemplo, la inclusión de algunas ecotecnologías en las viviendas financiadas por el propio Instituto como los calentadores solares, que son financieramente viables a un precio muy bajo por el volumen que manejamos, lo mismo sucede con el precio de construcción de la vivienda.

Por todo lo anterior considero que la labor del área de Recaudación Fiscal es muy noble y el resultado es visible. Nuestro principal objetivo es servir a los derechohabientes y lograr que los patrones reconozcan que cumplir con el Infonavit beneficia a sus trabajadores, por eso buscamos el convencimiento de los beneficios del cumplimiento.

Algunos patrones reconocen ya estos beneficios y promueven el uso del crédito, en varias empresas se observa que a mayor número de trabajadores acreditados, la rotación del personal disminuye, lo cual, facilita la retención de talento y la capacitación.

Por eso creemos que es esencial el papel de los encargados del área de recursos humanos de las empresas, pues ellos deben ser los principales promotores del ejercicio responsable de los créditos Infonavit orientando al trabajador para que utilice su ahorro en el mejor momento.

¿Por qué en el PROFACI 2012 sí se condonan hasta el 100% de las multas y el 80% de recargos, y no las actualizaciones?

Como ya se mencionó, los créditos adeudados no son del Instituto sino de los trabajadores, por ello cuando se recuperan, el Infonavit los deposita en la cuenta de los afectados.

Cuando le cobramos al patrón se le requiere el monto principal (lo que debió pagar), la actualización (para pagar la actualización a los trabajadores), los recargos (que sirven para cubrir los rendimientos), las multas (para corregir la conducta infractora), así como gastos de notificación y ejecución (para recuperar los gastos de cobranza de los patrones omisos); por ello, podemos condonar un porcentaje de los recargos siempre y cuando con esto no se perjudique a los derechohabientes, y de las multas porque su importe no se destina al trabajador.

Las amortizaciones se tienen que pagar en una sola exhibición porque no es dinero del patrón sino de los propios trabajadores, pero el entero de las aportaciones sí se puede convenir en un esquema de pagos a plazo.

Finalmente, ¿qué otra información considera de interés para los patrones?

Iniciaremos una campaña muy fuerte de comunicación hacia los patrones donde les informaremos las mejoras que tenemos en el Infonavit y por otro lado les ayudaremos en los procedimientos que enfrenten para la recuperación de créditos fiscales, haciéndolos conscientes de que las cosas se complican cuando no atienden los requerimientos, llegando incluso a los embargos.

Los convenceremos de que con su incumplimiento los principales afectados son sus subordinados y que con el Infonavit pueden llegar a acuerdos favorables cuando son requeridos.

Enfocaremos nuestros objetivos a defender los derechos de los trabajadores, para lo cual fortaleceremos el área de Inteligencia Fiscal y mejoraremos la atención a las denuncias de los derechohabientes, ya que son quienes identifican con gran oportunidad el incumplimiento de los patrones.

Por último, aquellos patrones que sepan que no han acatado debidamente sus deberes, corrijan su situación fiscal; para ello es recomendable que si reciben una invitación del Infonavit para dictaminarse, la acepten porque con esto puedan evitar problemas adicionales.