Una vez que el Infonavit otorgó un crédito de vivienda a un derechohabiente, su patrón tiene la obligación de hacer los descuentos respectivos en el salario de aquel y enterarlos a dicho Instituto, esto con el fin de que se amortice el préstamo hipotecario (art. 29, fracc. III, Ley del Infonavit).
Es importante que lo anterior se cumpla, pues la empresa es solidariamente responsable del entero de las deducciones ante ese organismo. Esto quiere decir, que el patrón que omita efectuarlo, debe cubrir por su cuenta los abonos a las amortizaciones del crédito respectivo (arts. 50 y 51, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit —Ripaedi—).
Conforme al artículo 44 primer y segundo párrafos del Ripaedi, el Infonavit debe notificar al empresario el citado deber a través de los siguientes medios:
- aviso para la retención de descuentos, este documento se puede obtener a través del Portal Empresarial del Infonavit: y
- cédula de emisión bimestral anticipada (EBA), es el documento que se descarga en la plataforma IMSS desde su Empresa (IDSE) —. Este documento contiene los datos relativos al crédito, los porcentajes o las cantidades a descontar del salario base del colaborador acreditado
En caso de no haber recibido el aviso de retención, la EBA hará las veces del aviso.
Es preciso mencionar que el contribuyente tiene que hacer los descuentos a los trabajadores acreditados a partir del día siguiente a aquel en que reciba el aviso de retención o la EBA (art. 44, último párrafo, Ripaedi).
Modalidades de los descuentos
Conforme a lo pactado en el contrato hipotecario celebrado entre el Infonavit y los trabajadores, existen tres formas de hacer el descuento en el salario de éstos.
Porcentaje de descuento aplicable al SBC
El cálculo para el pago de la amortización se hace en razón del salario base de cotización (SBC) del trabajador por el porcentaje consignado en el aviso de retención o cédula bimestral, por los días laborados por el trabajador en el bimestre, más el seguro de daños a la vivienda (SDV).
Cuota fija monetaria en pesos
La amortización se hace con base en el descuento mensual en pesos determinado en el aviso de retención o cédula bimestral, por dos (que son los dos meses del bimestre), entre los días del bimestre, por los días cotizados en el bimestre por el acreditado, más el SDV.
Veces el salario mínimo general
El pago se hace con base en el factor de descuento en veces el salario mínimo general (VSMG) consignado en el aviso de retención o cédula bimestral, por el salario mínimo diario vigente, por dos (que son los dos meses del bimestre), entre los días del bimestre, por los días cotizados en el bimestre por el subordinado beneficiario del préstamo de vivienda, más el SDV.
Ejemplificación
A continuación se muestran algunos casos para efectos de entender cómo se calcula el monto de las amortizaciones en sus tres modalidades a pagar durante los primeros 17 días de noviembre, considerando la cantidad proporcional de las jornadas laboradas durante el 5o. bimestre de 2015 (septiembre-octubre).
Porcentaje aplicable al SBC
El derechohabiente tiene un SBC de 700 pesos, laboró 55 días en el 5o. bimestre de 2015 y se le determinó un descuento del 25 %.
Fórmula | Sustitución | |
SBC | $700.00 | |
Por: | Valor de descuento | 25 % |
Igual: | Subtotal | $175.00 |
Por: | Días cotizados en el bimestre | 55 |
Igual: | Subtotal | $9,625.00 |
Más: | SDV | $15.00 |
Igual: | Descuento | $9,640.00 |
Cuota fija monetaria en pesos
El trabajador se obligó a pagar una cuota fija mensual de mil 500 pesos y laboró 45 días durante el 5o. bimestre de 2015.
Fórmula | Sustitución | |
Cuota fija monetaria mensual | $1,500.00 | |
Por: | Dos | 2 |
Igual: | Subtotal | $3,000.00 |
Entre: | Días del bimestre | 61 |
Igual: | Cuota diaria | $49.18 |
Por: | Días cotizados en el bimestre | 45 |
Igual: | Subtotal | $2,213.11 |
Más: | Seguro de daños a la vivienda | $15.00 |
Igual: | Descuento | $2,228.11 |
Factor de descuento en VSMG
El acreditado debe cubrir su adeudo a razón de un factor en VSMG correspondiente a 25.779, habiendo laborado 25 días durante el 5o. bimestre de 2015.
Fórmula | Sustitución | |
Factor en VSM | 25.779 | |
Por: | Salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal | $70.10 |
Igual: | Amortización mensual | $1,807.11 |
Por: | Dos (que son los dos meses del bimestre) | 2 |
Igual: | Amortización bimestral | $3,614.22 |
Entre: | Días del bimestre | 61 |
Igual: | Factor de descuento diario | $59.24 |
Por: | Días cotizados en el bimestre | 25 |
Igual: | Subtotal | $1,481.00 |
Más: | Seguro de daños a la vivienda | $15.00 |
Igual: | Descuento | $1,496.00 |
Conclusión
Es preciso señalar que gracias a las aportaciones que los patrones hacen al Infonavit y a su participación en el proceso de pago de los créditos que otorga el Instituto, se beneficia a los trabajadores, quienes tienen así la oportunidad de obtener los recursos que necesitan para adquirir una vivienda digna y la formación de su patrimonio y el de su familia.
Asimismo es importante que los descuentos de amortización de vivienda se realicen cabalmente para así evitar una sanción por parte del Infonavit, equivalente a 301 a 350 veces el salario mínimo general vigente en el DF, actualmente de 21 mil 100.10 pesos a 24 mil 535 pesos (arts. 6o, fracc. III y 8o, fracc. V, Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Infonavit).
Finalmente como se mencionó en su oportunidad, con indepen-dencia de la sanción señalada, no enterar los descuentos a este organismo, produce la responsabilidad solidaria del patrón.