Cuando un individuo no tiene un trabajo formal o bien en los casos en que las empresas deciden dar por terminada las relaciones laborales con sus colaboradores, resulta frecuente que estas personas pregunten qué pueden hacer para seguir recibiendo los servicios médicos por parte del Instituto.
Una de las opciones con las que cuentan estos sujetos para protejer su salud, es acudir al IMSS a efectos de solicitar su incorporación voluntaria al Seguro de Salud para la Familia, el cual ampara la atención clínica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria.
Por ello, el propósito de este estudio es dar a conocer el marco legal y el procedimiento a realizar para beneficiarse de este derecho.
Concepto y marco legal
Es un seguro facultativo, pues el IMSS tiene la atribución para contratarlo individual o colectivamente para que los miembros de las familias disfruten de las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, del Régimen Obligatorio del Seguro Social siempre que no estén protegidos por algún sistema de seguridad social.
Esta prerrogativa se encuentra regulada en los artículos 240 al 245 de la LSS y del 82 al 85 y del 95 al 109 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—.
Costo
Según el artículo 242 de la LSS los interesados deben pagar anualmente la cuota establecida por el Consejo Técnico del Seguro Social. A continuación se dan a conocer los montos vigentes a partir del 1o. de febrero de 2016 al 31 de enero de 2017:
Grupo de edad | Importe de las Cuotas 2016 |
0-19 | $ 2,250.00 |
20-29 | 2,700.00 |
30-39 | 2,850.00 |
40-49 | 4,000.00 |
50-59 | 4,250.00 |
60-69 | 6,150.00 |
70-79 | 6,450.00 |
80 y más | 6,500.00 |
Beneficiarios
Cualquier persona puede solicitar adherirse a este servicio, sin embargo se debe inscribir el interesado y al menos un familiar de este, aunque en el procedimiento de alta online se permite que solo sea una persona (art. 95, RACERF).
Procedimiento
Esta gestión puede realizarse acudiendo a la subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio del interesado o a través de Internet.
Presencial
Si desea hacerlo de esta forma es necesario que acuda al área de Seguros Especiales de Afiliación-Vigencia de Derechos, de la subdelegación respectiva y presentar por cada persona a asegurar el original y copia de los siguientes documentos:
- cuestionario Médico Individual Complementario para la Inscripción del Titular y/o Beneficiarios Legales al Seguro de Salud para la Familia debidamente formulados
- identificación oficial con fotografía y firma (ADIMSS, la credencial para votar, el pasaporte vigente, la cartilla del servicio militar nacional, o la cédula profesional, y respecto de menores de edad el acta de nacimiento)
- constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP)
- acta de nacimiento
- comprobante de domicilio del titular del Seguro (recibos de: luz, teléfono, predial o agua potable, no importa que esté o no a su nombre),
- en su caso, el escrito del solicitante mediante el cual manifiesta que carece de familia, y
- comprobante de pago de la cuota anticipada del aseguramiento. Para tales efectos tiene que solicitar en la oficina referida el importe a cubrir y los datos de la institución bancaria respectiva
De ser correcta y completa la información detallada, el IMSS realizará la incorporación.
Online
Si opta por realizar el trámite vía electrónica, a continuación se muestra cómo hacerlo:
1. Ingresar a la página web del Instituto: www.imss.gob.mx, dar clic en DERECHOHABIENTES, PENSIONADOS Y PÚBLICO EN GENERAL
2. Presionar el ícono ESCRITORIO VIRTUAL
3. En la opción INCORPORACIÓN AL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA pulsar Iniciar trámite
4. Capturar la Clave Unica de Registro de Población (CURP), el correo electrónico del peticionario y los caractéres de la imagen y seleccionar la opción BUSCAR
5. En la pantalla Trámites básicos en línea pulsar la opción Incorporación al Seguro de Salud para la Familia y en la nueva ventana en Iniciar trámite
6. Se despliega el domicilio del interesado, de ser correcto seleccionarlo o bien en el botón Acciones elegir Otra Ubicación. Optar por la Unidad Médico Familiar correspondiente y dar clic en Continuar
7. De padecerlas, escoger las enfermedades preexistentes del solicitante o de alguno de sus familiares. Al terminar presionar Continuar.
Si selecciona alguna de las patologías señaladas, el programa no le permitirá continuar con el trámite pues se le considerará como persona no elegible para contratar este seguro (arts. 81, 82, 98 y 105, RACERF)
Tome en cuenta que los sujetos de aseguramiento deben someterse a los exámenes y estudios ordenados por el Instituto para constatar su estado de salud, por lo que si detecta alguna de las enfermedades señaladas como preexistentes, dentro del primer año de vigencia del aseguramiento, y esta no hubiese sido declarada por el interesado al momento de llenar el cuestionario respectivo se podrá dar por terminado anticipadamente el aseguramiento sin responsabilidad para el IMSS, además de que no se devolverá el pago realizado por el solicitante (art. 109, fracc. II y último párrafo, RACERF).
8. Ingresar la CURP y el número de seguridad social del beneficiario e indicar el tipo de parentesco o seleccionar la opción Deseo incorporarme de forma individual y pulsar Consultar
9. El sistema muestra el monto total a pagar. Se deben aceptar los términos y condiciones y en el botón Acciones seleccionar Finalizar trámite
10. El la ventana desplegada pulsar Acciones y en Ver detalle
11. Para descargar la línea de captura, en el rubro Pagos presionar el ícono con una flecha hacia abajo, asimismo en el botón de Acciones pulsar Obtener Comprobante
12. Imprimir la línea de captura y realizar el pago, asimismo firmar el comprobante obtenido y presentarlo en la Unidad de Medicina Familiar que corresponde y solicitar el registro como derechohabiente.
Conclusión
Este seguro facultativo es de gran importancia pues las personas que no cuenten con un trabajo formal pueden adquirirlo, con los beneficios en especie que el Seguro Social brinda en el Seguro de Enfermedades y Maternidad. Debe reconocerse la gran labor del Instituto en cuanto a que la solicitud se pueda realizar a través de Internet, lo cual se traduce en ahorro de tiempo para los interesados.
Finalmente tome en cuenta que los servicios se disfrutarán a partir del día primero del mes calendario siguiente al trámite (art. 103, RACERF).