Por Leopoldo Adolfo Gama García
Este 9 de junio de 2016 el Infonavit publicó en el DOF Acuerdo por el que se aprueban las adecuaciones su estatuto orgánico, a efectos de establecer la normatividad indispensable para regular su funcionamiento administrativo con base en una reingeniería institucional.
Este documento entró en vigor desde el 25 de abril de 2016, por tanto dejó sin efectos a su similar del 30 de marzo de 2015.
Dentro de los principales ajustes que se llevaron a cabo en este instrumento normativo están los siguientes:
- Dirección general:
- se delega como nueva facultad del director general constituir centros de investigación, análisis estadísticos, agencias, comisiones especiales o cualquier otra unidad que permita llevar a cabo estudios y publicaciones relacionados con el quehacer del Instituto, y
- en sus ausencias temporales será sustituido por el Secretario General y Jurídico o alguno de los subdirectores generales que designe el propio Director General y en las definitivas únicamente por el Secretario General y Jurídico
- Secretaría General y Jurídica: fusionan a la Secretaría General con la anterior Subdirección Jurídica para crear esta nueva oficina
- Subdirección General de Planeación y Finanzas: tendrá a su cargo las funciones de la Subdirección General de Recaudación Fiscal, que aparentemente desaparece
- Coordinación General de Delegaciones: se le adicionan las siguientes atribuciones: apoyar a la Dirección General como enlace con las delegaciones; supervisar e integrar las actividades de las delegaciones con el objetivo de llevar a cabo las tareas compartidas que se juzguen convenientes, e impulsar acciones al nivel local que contribuyan al logro de los objetivos institucionales, y
- cambian de nombre diversas subdirecciones como la General de Control Interno que ahora se denomina Contraloría General; la Subdirección General de Administración de Administración de Personas que pasa a ser la Subdirección General de Administración y Recursos Humanos
Aun cuando los nuevos estatutos están vigentes desde el 25 de abril, fecha en que data su aprobación en la sesión ordinaria número 112 de la Asamblea General del Infonavit, las funciones que contempla serán ejercidas por el personal directivo señalado en sus similares publicados el 30 de marzo de 2015, hasta que el Consejo de Administración del Infonavit apruebe los nombramientos del personal directivo propuesto por el Director General.
Por su parte la Subdirección General de Recaudación Fiscal continuará ejerciendo las facultades que tenía en los estatutos que se modifican, hasta en tanto entre en vigor la reforma al Reglamento Interior del Infonavit en materia de facultades como organismo fiscal autónomo.