Estamos por contratar a una persona para que ocupe la vacante de gerente de mercadotecnia, y nos comenta que está cotizando en el Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) bajo la modalidad 40 (continuación voluntaria). El candidato nos pregunta qué va a pasar si lo contratamos. ¿Qué nos pueden comentar al Respecto).
Conforme a lo dispuesto por el numeral 220, fracción III de la LSS, una de las causas de conclusión de la continuación voluntaria al ROSS se presenta cuando el asegurado inicia una relación laboral, en consecuencia en el momento en que comuniquen el reingreso de su trabajador a dicho régimen mediante el portal IMSS desde su empresa (IDSE), automáticamente el Seguro Social considerará terminada la modalidad a que hacen mención, sin que sea necesario que se realice algún trámite.