Otorgamos a todos nuestros trabajadores la prestación de 204 pesos semanales en vales de despensa. No obstante en septiembre contratamos a un ayudante general a mitad de la semana, por lo que tenemos duda como cubrir dicho concepto. ¿Nos pueden ayudar?
Para que la prestación aludida no integre al salario base de cotización (SBC) debe entregarse de forma no retributiva, es decir por la sola existencia de la relación laboral que los une, lo cual implica que su monto no esté supeditado a los días en que su colaborador empezó a estar a su disposición (art. 27, primer párrafo, LSS).
De ahí que deben entregarlo conforme al monto pactado.
Adicionalmente, en términos del artículo 27, fracción VI deben considerar que los vales de despensa están exentos de integrar al SBC hasta por una cuantía del 40% del SMGV.