#ResumenIDC IMSS lanza plataforma para informativas de subcontratación

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El 27 de agosto de 2021, el Seguro Social liberó en su sitio, la plataforma denominada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE), a través de la cual los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas reportarán a este los datos de los contratos celebrados en materia de subcontratación.

Su objetivo es facilitar el cumplimiento de la carga periódica referida en el precepto 15-A, tercer párrafo de la LSS, el cual prevé que todo patrón que preste servicios o ejecute obras especializadas debe proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el 17 de enero, mayo y septiembre, los datos de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate, conforme a lo siguiente:

  • de las partes del contrato: nombre, denominación o razón social; RFC; domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal; correo electrónico y teléfono de contacto
  • de cada contrato: objeto; periodo de vigencia; relación de trabajadores que prestarán los servicios especializados o ejecutarán las obras especializadas a favor del beneficiario, indicando su número de seguridad social y salario base de cotización, así como nombre y RFC del beneficiario de los servicios por cada uno de los contratos, y
  • copia simple del registro emitido por la STPSpara la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas

Según la herramienta electrónica quienes podrán acceder son el contratista y el capturista, entendiéndose por este último el perfil de usuario que el contratista le da a una persona física en el módulo de Administración como capturista, para que “suba” la información de los contratos a reportar.

La plataforma indica que la información debe comunicarse a partir del primer día del cuatrimestre a reportar y hasta el 17 del cuatrimestre de que se trate, para presentarla en tiempo y forma; solo si el día del vencimiento cae en sábado o domingo o cualquier otro día inhábil se recorrerá al día hábil siguiente (art. 3o., ultimo párrafo, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—).

Asimismo, para el sistema indica que el cuatrimestre de abril y mayo-agosto, se presentarán del 1o. al 17 de septiembre de 2021.

Ello a pesar de que en términos del artículo sexto transitorio del Decreto de reforma a diversos ordenamientos, entre ellos, la LFT y LSS (Decreto de Reforma) y su similar modificatorio, publicados en el DOF el 23 de abril y 31 de julio de 2021, indican que el primer informe es a más tardar el 1o. de septiembre de 2021.

Los beneficios de este sistema es que:

  • se encuentra a disposición de los prestadores de servicios u ejecución de obras especializadas las 24 horas del día, los 365 días del año
  • se puede realizar el registro los trabajadores capturando uno a uno o hacer una carga masiva
  • es en línea en Google Chrome y seguro al acceder al mismo a través de la firmaotorgada por el SAT, y
  • privilegia la sana distancia al evitar desplazamientos y disminuir el contacto personal