IESPS en las ZEE

La Ley Federal de Zonas Económicas Especiales no contempla beneficios en esta materia, pero los decretos sí

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 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

Los administradores integrales o inversionistas que operen en las Zonas Económicas Especiales (ZEE´s), tendrán beneficios fiscales, aduanales y financieros, incluso facilidades administrativas e infraestructura competitiva, entre otras condiciones especiales, así lo establece el artículo 1o. de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (LFZEE).

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En cuanto a la materia fiscal, la LFZEE (Sección II, artículo 13) únicamente prevé incentivos y facilidades en materia del IVA e ISR, no así del IESPS; pero ello no quiere decir que no vayan a existir estímulos en este impuesto, el tratamiento está considerado directamente en los Decretos de Declaratoria de Zonas Económicas Especiales (Decretos) de Puerto Chiapas, Coatzacoalcos y Lázaro Cárdenas-La Unión.

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En dichos decretos se precisa el tratamiento que prevalecerá para la aplicación del régimen aduanero de ZEE, esto es, se dispone para la LIESPS que ese régimen no tendrá efecto legal alguno ni se considerará como temporal, si no que se estará a lo siguiente:

  • la introducción al país de los bienes en el régimen mencionado tendrá el carácter de importación definitiva; ello quiere decir, que tal impuesto debe aplicarse en la misma forma en que se hace en el resto del país
  • las operaciones aduaneras derivadas de las transferencias de mercancías entre inversionistas no se considerarán exportación ni importación, según corresponda, lo que implica que solo tendrán la connotación de un traslado
  • la extracción de los bienes de la ZEE para su introducción al resto del territorio nacional no dará lugar al pago del impuesto por la importación definitiva, y
  • las operaciones amparadas por los documentos que acrediten la introducción de los bienes a la zona no se considerarán exportación (arts. cuadragésimo cuarto, cuadragésimo quinto y cuadragésimo cuarto, Decretos Puerto Chiapas, Coatzacoalcos y Lázaro Cárdenas-La Unión, respectivamente)

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Ello procederá siempre que se cumpla con las disposiciones previstas al efecto.