Evaluación de la conformidad NOM

Es necesaria para demostrar que se cumplen los requisitos de una NOM establecidos para un producto

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La Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) prevé en su numeral 70 que las dependencias competentes aprobarán a las personas acreditadas que se requieran para la evaluación de la conformidad, en lo que se refiere a Normas Oficiales Mexicanas, NOM´s).

Pero ¿qué es la “evaluación de la conformidad”? el artículo 3, fracción IV-A de esta ley la define como la determinación del grado de cumplimiento con las NOM´s o la conformidad con las normas mexicanas (NMX´s), las normas internacionales u otras especificaciones, prescripciones o características.

Comprende entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación de dicha norma.

Las personas acreditadas para evaluar dicha conformidad son:

  •   organismos de certificación, valoran que un producto, proceso, sistema o servicio se ajuste a las normas, los lineamientos o los reconocimientos de organismos dedicados a la normalización nacionales o internacionales (arts. 3, fraccs. III y XII; 8 y 68, LFMN)
  • laboratorios de prueba, efectúan mediciones, análisis o determinan las características de materiales, productos o equipos según las especificaciones establecidas para tal efecto (art. 3, fraccs. V y VI; 68 y 83, LFMN)
  • laboratorios de calibración, proporcionan servicios técnicos de medición y calibración, entendiéndose por esta el conjunto de operaciones cuya finalidad es determinar los errores de un instrumento para medir y, de ser necesario, otras características metrológicas (arts. 3, fracc. II; 27 y 68, LFMN)
  • unidades de verificación, llevan a cabo actos de verificación, por medio de la constatación ocular o comprobación, mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio o examen de documentos en un momento o tiempo determinado (art. 3, fraccs. XVII y XVIII y 68,LFMN)

Ante el hecho de que los productos de importación también están sujetos a NOM´s, es importante conocer, además de cuál es la norma general o específica aplicable: si por estos se requiere de alguna certificación de esos prestadores de servicios, en la materia de que se trate; por ejemplo, los productos eléctricos por los que se presenta una certificación emitida por los organismos de certificación de producto para corroborar el cumplimiento de la NOM-003-SCFI-2014, respecto a las especificaciones de seguridad.

Los prestadores de servicios acreditados actúan, según sus actividades y funciones, de manera imparcial en cuanto a las certificaciones de NOM que otorgan.