Carta de no comercialización hasta junio

La Secretaría de Economía postergará por unos meses más el uso de este documento

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 .  (Foto: iStock)

La Secretaría de Economía (SE) seguirá permitiendo utilizar –hasta el 3 de junio de 2019 la carta de no comercialización en materia de Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s) de seguridad e información comercial, cuando las siguientes mercancías se introduzcan al país, para:

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  • uso directo, como parte de la actividad empresarial de la persona física, tratándose de encendedores y mecheros, identificados en la fracción arancelaria 9613.80.02, y
  • enajenarse a personas distintas al público en general, en el caso de cerveza de malta (2203.00.01); diversos artículos sanitarios e higiénicos similares, de plástico (3922.90.99); productos para usos sanitarios, de porcelana (6910.10.01); inodoros (6910.90.01); y encendedores de mesa (9613.80.02)

Cabe aclarar que dicho documento se presenta cuando se está exento del cumplimiento de alguna NOM, que en el caso de esos bienes son las: NOM-001-SCFI-1993, NOM-016-SCFI-1993, NOM-021-ENER/SCFI-2008, NOM-054-SCFI-1998, NOM-058-SCFI-1999, NOM-063-SCFI-2001, NOM-064-SCFI-2000, NOM-090-SCFI-2014, NOM-093-SCFI-1994, NOM-094-SCFI-1994, NOM-113-SCFI-1995, NOM-114-SCFI-2006, NOM-118-SCFI-2004, NOM-019-SCFI-1998, NOM-121-SCFI-2004, NOM-133/1-SCFI-1999, NOM-133/2-SCFI-1999.

La eliminación de esa carta juramentada está programada para el 1o. de marzo de este año según el Acuerdo 2.4.1. de las reglas y criterios de la SE”, modificado el 23 de octubre de 2018, el cual se actualizará nuevamente para incluir esta prórroga, el Anteproyecto de reforma se encuentra en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.