Los importadores de llantas nuevas tendrán que apegarse a las especificaciones de seguridad y métodos de prueba que establecerá la NOM-086-1-SCFI-2018, cuyo anteproyecto fue publicado el 28 de agosto de 2019.
LEE: PROYECTO DE NOM PARA LLANTAS RENOVADAS
Las llantas por las que se cumplirá con la NOM serán particularmente las de: construcción radial empleadas en vehículos con un peso bruto vehicular superior a 4 536 kg (10 000 lb); construcción diagonal de cualquier capacidad de carga, y de uso temporal de construcción radial y diagonal, utilizadas en automóviles, camiones ligeros, camionetas, camiones pesados, tractocamiones, autobuses y remolques, las cuales se comercializan como mercancía final y no como parte de un vehículo automotor en México.
La NOM no será aplicable a las llantas radiales empleadas en vehículos con un peso bruto vehicular igual o menor a 4 536 kg (10 000 lb); así como para vehículos de carreras, uso fuera de carretera (OTR), agrícola, industrial, para nieve, motocicleta, trimotos y cuatrimotos.
El proyecto se considerará NOM una vez que sea publicado como norma definitiva, y entrará en vigor a los 120 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente al de su publicación.
Cuando entre en vigor dicha NOM, cancelará la NOM-086/1-SCFI-2011 del 19 de abril de 2011.