Ecex y Altex no tienen segundas oportunidades

No se confíen, la fecha límite es el 31 de mayo para presentar el reporte anual de operaciones de comercio exterior 2020

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Los contribuyentes que aún tengan activos los programas de Empresa de Comercio Exterior (Ecex) y de Empresa Altamente Exportadora (Altex) no pueden confiarse en el último día que tienen (31 de mayo de 2021) para presentar a la Secretaría de Economía (SE) –vía VUCEM– su reporte anual de operaciones de comercio exterior de 2020, ya que, si por alguna razón tuvieran algún inconveniente, y no pudieran cumplir con ello en tiempo y forma les será cancelado en automático el programa, el 1o. de junio de 2021.

Es por ello, que deben exhibir este reporte lo antes posible; pero antes, tienen que validar si el RFC y el domicilio (fiscal y de planta) de la empresa están correctos; y en caso de detectar alguna irregularidad, corregirla lo más pronto que se pueda.

En cuanto a los montos de exportación que deben observarse anualmente, los titulares de estos programas no deben preocuparse por los correspondientes al ejercicio fiscal 2020, ya que no están siendo exigidos por la SE; por lo tanto, no se actualizará la causal de cancelación por esta situación, esta facilidad fue otorgada por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (oficio 414.2021.372).

Los titulares Ecex o Altex que omitan el reporte no tendrán una segunda oportunidad para exhibirlo, por lo que ser cancelado definitivamente no podrán solicitarlo nuevamente, pues como bien se sabe, los decretos que dieron origen a esos programas ya no existen, fueron abrogados desde hace más de una década (art. cuarto transitorio del Decreto IMMEX, cuya reforma se publicó en el DOF del 24 de diciembre de 2010).