La Secretaría de Economía (SE) publicó en el portal del SNICE el boletín B. SNICE 009/2021, relacionado con la Simplificación en los trámites de RECIF y Empresa de la Región (Chetumal).
Ahí, la SE informa que desde el lunes 24 de mayo del 2021 ya no es necesario presentar el documento de cumplimiento de obligaciones fiscales conforme al artículo 32-D del CFF, exigido en los trámites de Registro como Empresa de la Frontera (RECIF) y Empresa de la Región (Chetumal) en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM).
Ello no implica que no se deba estarse al corriente de esas obligaciones, sino que la VUCEM hará la validación en línea y en tiempo real directamente del portal del SAT.
Al ser así, al ingresar a la VUCEM y solicitar el trámite, esta validará si el solicitante cuenta con opinión positiva, y de tenerla, permitirá continuar con el ingreso del trámite –RECIF o Empresa de la Región (Chetumal)–.
En caso contrario, esto es, si la opinión es negativa no se podrá continuar con la gestión; y al efecto se mostrará el mensaje: “El RFC ingresado cuenta con opinión de cumplimiento NEGATIVA conforme al artículo 32D del Código Fiscal de la Federación, favor de verificar sus obligaciones fiscales”.