Sin reporte anual comercio exterior ¡no hay IMMEX!

Aproveche estos días para presentar el reporte 2021, ¡es su última oportunidad!

El plazo para presentar el reporte anual de operaciones de comercio exterior 2021 de las empresas con programa IMMEX vence el próximo miércoles 31 de agosto de 2022.

Por ello, se recomienda a los contribuyentes que actualmente no han cumplido con esa obligación, y por ende, tienen suspendido el beneficio de importar temporalmente sus mercancías al amparo de este programa, que lo hagan a la brevedad posible, esto, ante la Secretaría de Economía (SE), a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM).

LEE: CANCELACIÓN DEL IMMEX A PETICIÓN

Si a esa fecha aún no han presentado dicho reporte, la SE cancelará definitivamente dicho programa, a partir del 1o. de septiembre de 2022.

En septiembre la SE difundirá el nombre del titular y número de IMMEX cancelado definitivamente por esta causa, e incluso el de aquellos que: no cuenten con el certificado de e-firma del SAT; no tengan el RFC activo, o el domicilio fiscal y los domicilios en donde lleven a cabo sus operaciones con el programa inscritos y activos en el RFC; no tengan el documento que acredite que no se encuentran en los listados publicados por el SAT, en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo del CFF, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del numeral 69, o la opinión positiva vigente del cumplimiento de obligaciones fiscales (art. 25, segundo párrafo, fracc. II, Decreto IMMEX).

En nuestra edición 515 del 15 de agosto de 2022 se podrán consultar diversos aspectos de lo que implica cancelar un programa IMMEX a petición del contribuyente.