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La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) ya cuenta con los “Lineamientos que deben observar quienes tengan la autorización para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos y los interesados en obtenerla”, versión 1.0 de octubre de 2022, y que dejaron sin efectos a los de la versión 1.5 de enero de 2021.
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Los nuevos lineamientos fueron emitidos por las Direcciones Generales Jurídica de Aduanas (DGJA), de Modernización Equipamiento e Infraestructura Aduanera (DGMEIA), y de Tecnologías de la Información (DGTI) de la ANAM, y contienen el procedimiento requerido para dar cumplimiento con los medios de control de seguridad de la información referida a la fracción XV de la Regla 1.8.2., de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022.
De manera general, y para la observancia de los citados medios de control, en estos lineamientos se prevé que los autorizados podrán hacerlo a través de la certificación de la Norma Internacional ISO/IEC 27001:2013, toda vez que, además de realizar la prevalidación de los datos contenidos en los pedimentos, los transmiten al Sistema Electrónico Aduanero (SEA) por medio del Sistema Automatizado Aduanero Integral (SAAI) para su verificación en el Validador de Operaciones de Comercio Exterior (VOCE).
Asimismo, en este documento se integra el mecanismo que debe llevarse a cabo para obtener el oficio de resultados de la verificación del cumplimiento de los medios de control.
Los lineamientos pueden consultarse en el Boletín 029/2022 de la ANAM aquí disponible.