¡Aún está en tiempo para declarar sus operaciones Altex y Ecex!

Presente el reporte de sus operaciones 2022, y acredite que mantiene sus exportaciones en los montos exigibles

Se recuerda a las empresas con constancias de Empresa Altamente Exportadora (Altex) y de Empresa de Comercio Exterior (Ecex) que el 31 de mayo de 2023 vence el plazo para presentar ante la Secretaría de Economía (SE) el reporte anual de operaciones de comercio exterior del ejercicio 2022; esto a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM) en esta liga electrónica.

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Esta obligación no debe pasar desapercibida por las empresas que cuentan con esos programas, ya que su omisión traerá como consecuencia la cancelación automática de sus constancias; y a partir del 1o. de junio ya no podrán operar al amparo de estas, según se trate.

Tampoco debe perderse de vista que en este reporte se declara, entre otra información, la relativa a las ventas y exportaciones, lo que servirá para determinar si la empresa cumplió con sus compromisos de exportación, esto es:

  • Altex:
    • directas, exportaciones por valor mínimo anual de dos millones de dólares, o haber exportado cuando menos el 40 % de sus ventas totales, e
    • indirectas, ventas anuales de mercancías incorporadas a productos de exportación o exportadas por terceros, por un valor mínimo equivalente al 50 % de sus ventas totales, y
  • Ecex, exportaciones anuales facturadas por cuenta propia de mercancías no petroleras, por un importe mínimo de 250 mil dólares y de tres millones de dólares para las modalidades de Promotora y Consolidadora de Exportación

El sistema de la VUCEM generará en automático el oficio de ratificación de registro Ecex y Altex, siempre que se cumpla con el monto del compromiso de exportación, descargable en el apartado de Acuses y Resoluciones de la VUCEM.

La inobservancia del reporte o de los montos de exportación es causal de cancelación definitiva del Altex o Ecex, sin posibilidad alguna de renovación (art. Cuarto transitorio, Decreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, DOF del 24 de diciembre de 2010; y regla 3.6.1., Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior).

La guía de llenado del citado reporte de las operaciones de comercio exterior puede consultarse en este enlace.