Los desperdicios generados en los procesos productivos IMMEX –a partir de los insumos, partes y componentes importados temporalmente– que no retornen al extranjero pueden donarse a las personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles para ISR (donatarias autorizadas).
LEE: ENAJENACIÓN DE DESPERDICIOS IMMEX
Esto es factible siempre y cuando no se trate de residuos peligrosos; y se cumpla con las formalidades establecidas al efecto, entre las que se encuentran las siguientes:
- obtener la autorización correspondiente ante la Dirección General Jurídica de Aduanas (DGJA), la cual se solicita por las donatarias autorizadas, y
- tramitar los pedimentos relativos, en el caso de las:
- empresas con programa IMMEX, los que amparen el retorno de los desperdicios
- donatarias autorizadas que reciban la donación, los de importación definitiva
No se requerirá la presentación física de las mercancías ante la aduana; y los pedimentos podrán exhibirse en aduanas distintas.
Lo anterior según el artículo 172 del Reglamento de la Ley Aduanera, y la regla 3.3.11., de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2023.