A revisión, cuota compensatoria de papel bond cortado brasileño

La Secretaría de Economía continúa con el procedimiento de la revisión de oficio; y establece una cuota compensatoria provisional para el papel bond brasileño

Quienes realicen importaciones de papel bond cortado, originario de Brasil, y con independencia del país de procedencia, pagarán una cuota compensatoria provisional de 6.74 %, así lo determinó la Secretaría de Economía (SE).

Esto lo dio a conocer la SE en la “Resolución Preliminar del procedimiento administrativo de la revisión de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de papel bond cortado originarias de la República Federativa de Brasil, independientemente del país de procedencia”, publicada en el DOF del 1o. de noviembre de 2023, y que entró en vigor el día siguiente.


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 .  (Foto: Pexels, Foto de Sascha Hormel en pexels)

Qué dice la resolución

En esta resolución se resolvió que continúa el procedimiento administrativo de la revisión de oficio de la cuota compensatoria, y se establece la citada cuota compensatoria provisional (6.74 %) a las importaciones de dicho producto, originario de Brasil, que ingresa a través de las fracciones arancelarias 4802.56.99 y 4823.90.99, o por cualquier otra.

Descripción del producto

El producto objeto de la revisión de oficio es el papel bond cortado y/o papel bond o ledger de peso superior o igual a 40 g/m2, pero inferior o igual a 150 g/m2; en hojas rectangulares, uno de cuyos lados sea menor o igual a 435 milímetros (mm) y el otro, menor o igual a 297 mm, medidos sin plegar; con una blancura igual o mayor a 80 grados GE o sus equivalentes en los sistemas photovolt, de la CIE y de la ISO. 

Su nombre comercial es papel bond cortado o ledger y se identifica como papel para escritura e impresión para cualquier tipo de tecnología.

Plazo para exhibición de pruebas

También se concede un plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de esta resolución en el DOF, para que las partes interesadas acreditadas en el procedimiento, de considerarlo conveniente, comparezcan ante la SE para presentar los argumentos y pruebas complementarias que estimen pertinentes.