Reforman anexos 9 y 21 de Reglas Generales de Comercio Exterior 2023

El SAT da a conocer los cambios a estos anexos en la Quinta modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2023

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) difundió en el Diario Oficial de la Federación del 27 de noviembre de 2023 la “Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y Anexos 9 y 21

Este documento comprende adecuaciones únicamente para los citados Anexos, que corresponden a las “Mercancías que se autorizan a importar de conformidad con el artículo 61, fracción XIV de la Ley”; y a las “Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías”, respectivamente.

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 .  (Foto: 123RF, Imagen de virtosmedia en 23rf Free Images)

Ajustes realizados por el SAT

Las modificaciones que da a conocer esta resolución son las correspondientes a la:

  • Segunda modificación al Anexo 9 de las RGCE para 2022 –aclarándose que se entenderá como Primera Modificación al Anexo 9, la publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2022–; específicamente por lo que corresponde a la fracción arancelaria y Número de Identificación Comercial (NICO) de la vacuna contra el virus SARS-CoV-2 (3002.41.06 00), como parte de las mercancías que se autorizan a importar de conformidad con el artículo 61, fracción XIV de la Ley Aduanera, y
  • Quinta modificación al Anexo 21 de las RGCE para 2022, en lo relacionado con las aduanas autorizadas para la importación:
    • definitiva de combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales, las cuales no podrán destinarse a programas de diferimiento de aranceles y al régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico (rubro A, fracc. VI), e
    • de productos minerales y productos de las industrias químicas o de las industrias conexas, en la que se señalan cuales son las mercancías que no podrán destinarse a programas de diferimiento de aranceles y al régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico (rubro A, fracc. VIII)

Tómese en cuenta que las mercancías citadas en el Anexo están identificadas por fracción arancelaria y NICO.

Entrada en vigor de estos cambios

La resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE para 2023.

La modificación al Anexo 21 entrará en vigor el 19 de diciembre de 2023.

Finalmente, hay que recordar que el pasado 2 de noviembre, el SAT publicó la reforma a los anexos 1,2,10, 17,20,22 y 28 de las RGCE 2023.