Vacaciones de la Cofepris afectará trámites de comercio exterior

¿Conoce el periodo vacacional de la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados? Aquí los detalles

Año con año las dependencias de gobierno toman vacaciones decembrinas, lo que conlleva el cierre de las ventanillas de trámites, lo cual no debe pasar por desapercibido por los contribuyentes, esto para que tomen las providencias conducentes y eviten contratiempos para la atención de las gestiones que pretendan llevar a cabo.

Por ejemplo, la Secretaría de Salud (SS), a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), atiende trámites de comercio exterior relacionados con la importación o exportación de insumos para la salud, alimentos, materias primas, suplementos alimenticios, productos cosméticos, plaguicidas, sustancias tóxicas, entre otros. 

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 .  (Foto: Freepik, Imagen de brgfx en Freepik. Editado en photoshop)

Gestiones en la Cofepris

Aquellos importadores o exportadores que requieran realizar trámites competencia de la Cofepris, deben saber que esta dependencia tomará un periodo vacacional a finales de diciembre de este año, reanudando sus labores a principios del siguiente año.

Así se dio a conocer en el "Acuerdo por el que se consideran días inhábiles para la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, los comprendidos dentro del periodo vacacional del 18 de diciembre de 2023 al 02 de enero de 2024", cuyo anteproyecto actualmente se encuentra en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Suspensión de plazos

En este acuerdo se dispone, que adicionalmente a los días inhábiles establecidos en las disposiciones al efecto, la SS, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, considerarán como tales los comprendidos del 18 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024, y que durante estos no correrán los plazos establecidos en las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables. 

Asimismo, se prevé que no obstante la suspensión de plazos, la SS, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados proveerán todo lo necesario para que en todos los trámites que resulten indispensables o urgentes, se mantengan en labores el personal necesario para no afectar las funciones propias de los mismos.

Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

¿Y el SAT?

Por otro lado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) también está considerando tomar vacaciones en el mismo periodo, esto es, del 18 de diciembre de 2023 al 2 de enero de 2024, así lo estableció en la regla 2.1.6 de la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2023.

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