Franquicia para vacaciones navideñas en el extranjero 2024

Conozca el monto de la franquicia decembrina que tiene derecho a su regreso al país

Acorde con el calendario escolar 2024-2025 el periodo vacacional de invierno para los estudiantes de educación básica de todo el país, iniciará el 19 de diciembre de 2024 y concluirá el 8 de enero de 2025, lo que conlleva a que algunos padres de familia aprovecharán para disfrutar de las festividades decembrinas en el extranjero; pero también que muchos connacionales vendrán a México para estar con sus familiares, si no es que ya lo están hicieron desde el pasado noviembre.

Esas personas (tanto nacionales como connacionales) deben saber que a su retorno o ingreso a nuestro país pueden traer consigo artículos adicionales a su equipaje, sin pagar impuestos al comercio exterior, ello como parte de la franquicia a que tienen derecho como pasajeros en viajes internacionales.

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Franquicia a que se tiene derecho 

En esta temporada vacacional decembrina, si el arribo a México es vía terrestre (por carretera) se pueden traer mercancías distintas al equipaje, sin pagar impuestos, hasta por un monto de 500 dólares.

Ello recordando que en el caso del arribo terrestre, el importe de 500 dólares solamente aplica durante los periodos del programa “Héroes Paisanos” (semana santa, verano e invierno), pues para todo el año es de 300 dólares.

Para este año, el periodo de invierno establecido en dicho programa es del 28 de noviembre de 2024 al 12 de enero de 2025.  

En el ingreso aéreo o marítimo la franquicia es de 500 dólares todo el año.


Franquicia acumulada y excepciones

Es importante saber que la franquicia a la que tiene derecho –cada integrante de la familia– puede acumularse si viajan juntos en el mismo medio de transporte, excepto para los residentes de la franja o región fronteriza.

La franquicia no podrá aplicarse en bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni en combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible del vehículo.


Soporte jurídico de la franquicia

Lo anterior está sustentado en los artículos 50 y 88 de la Ley Aduanera; y las reglas 3.2.1., 3.2.2. y 3.2.3., de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2024.


Recomendaciones a viajeros

Las compras realizadas en el extranjero deben estar amparadas con los comprobantes respectivos (tickets, notas, facturas, etc.), toda vez que con estos se puede determinar el valor de la mercancía que forman parte de la franquicia; y de no traerlos, el personal de la aduana establecerá su valor.

Se recomienda consultar la guía de pasajeros y franquicias en esta liga.

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